Re: ¿Algun banco que preste dinero sin aval?
El artículo 49 del Estatuto de los Trabajadores recoge hasta un total de 12 causas de extinción del contrato laboral. Son las siguientes:
1. por mutuo acuerdo de las partes.
2. por las causas consignadas válidamente en el contrato, salvo que las mismas constituyan abuso de derecho manifiesto por parte del empresario.
3. por expiración del tiempo convenido o realización de la obra o servicio objeto del contrato.
4. por dimisión del trabajador, debiendo mediar el preaviso que señalan los convenios colectivos o la costumbre del lugar.
5. por muerte, gran invalidez o invalidez permanente total o absoluta del trabajador.
6. por jubilación del trabajador.
7. por muerte, jubilación o incapacidad del empresario o por extinción de la personalidad jurídica del contratante.
8. por fuerza mayor que imposibilite definitivamente la prestación de trabajo.
9. por despido colectivo fundado en causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, siempre que haya sido autorizado debidamente conforme a la ley.
10 por voluntad del trabajador fundamentada en un incumplimiento contractual del empresario.
11. por despido del trabajador (es el llamado despido disciplinario).
12. por causas objetivas legalmente procedentes.
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