#1
Embargo vulnerando ley ¿Qué hacer?
Hola a todos, tengo un embargo de la seguridad social desde hace varios años que era autónomo. Hace 2 años que trabajo como asalariado donde se me embarga una cantidad de nómina mensualmente... Hasta aquí todo relativamente bien.
Este mes cambié de banco y abrí una cuenta nómina en ING en la que he recibido la cantidad exacta de 2582,70€ repartidos entre nómina de octubre (recibida el 1/12) y paga extra (22/12), el problema viene cuando hoy día 29/12 aparece una retención por embargo con un importe de 621,35€ con concepto "seguridad social" dejando la cuenta con un salgo disponible de 60€.
He hablado con ING explicando que por la ley de enjuiciamiento civil no se puede embargar esa cantidad, y su única respuesta es que ellos tienen esa orden de embargo y no pueden hacer nada.
En primer lugar me gustaría saber si esto es verdad, aunque sean intermediarios están reteniendo un dinero mío a sabiendas que es ilegal.
Y aquí si que agradecería ayuda, saber como proceder para intentar levantar ese embargo y que solo sea embargable las cantidades que dicen la ley y poder tener liquidez, ya que empezar la cuesta de enero con 60€ teniendo que pagar alquiler y comida va a ser bastante complicado.
Muchas gracias de antemano
Este mes cambié de banco y abrí una cuenta nómina en ING en la que he recibido la cantidad exacta de 2582,70€ repartidos entre nómina de octubre (recibida el 1/12) y paga extra (22/12), el problema viene cuando hoy día 29/12 aparece una retención por embargo con un importe de 621,35€ con concepto "seguridad social" dejando la cuenta con un salgo disponible de 60€.
He hablado con ING explicando que por la ley de enjuiciamiento civil no se puede embargar esa cantidad, y su única respuesta es que ellos tienen esa orden de embargo y no pueden hacer nada.
En primer lugar me gustaría saber si esto es verdad, aunque sean intermediarios están reteniendo un dinero mío a sabiendas que es ilegal.
Y aquí si que agradecería ayuda, saber como proceder para intentar levantar ese embargo y que solo sea embargable las cantidades que dicen la ley y poder tener liquidez, ya que empezar la cuesta de enero con 60€ teniendo que pagar alquiler y comida va a ser bastante complicado.
Muchas gracias de antemano