#1
Openbank incumple Ley de pagos (RDL 19/2018 Art. 49.2)
Publico esto que me ha pasado, a ver si les da vergüenza.
Según normativa, si no hay mandato firmado, un recibo se puede devolver hasta después de 13 meses (Art. 43.1 de RDL 19/2018). Y tu banco tiene 10 días hábiles para hacerte el abono (o contestar razonadamente, Art. 49.2).
Esto está también en la web del BdE:
https://clientebancario.bde.es/pcb/es/blog/Problemas_con__5ac47502fd83361.html?#:~:text=En%20todo%20caso%2C%20tu%20banco,que%20tienes%20a%20tu%20disposici%C3%B3n.
Pues bien: Openbank se niega a cumplir el plazo de 10 días, dicen que se van a tomar 30, y que si eso ya me contestarán por escrito (que a saber por dónde salen).
Siguiendo recomendación de abogado conocedor de la materia, he puesto ya reclamación al Defensor del Cliente y estoy a la espera de su (no) respuesta para acudir al Banco de España, con cuya resolución (que es de esperar indique que es mala praxis) solicitar demanda de juicio verbal (sin abogado/procurador, lo que se conoce como reclamación de cantidad) en los juzgados de primera instancia de mi localidad.
Aviso a navegantes: cuidado con este banco, que ya puedes tener razón y desgañitarte por teléfono, email, etc., que les da igual. Lo barato sale caro.
Suerte
Según normativa, si no hay mandato firmado, un recibo se puede devolver hasta después de 13 meses (Art. 43.1 de RDL 19/2018). Y tu banco tiene 10 días hábiles para hacerte el abono (o contestar razonadamente, Art. 49.2).
Esto está también en la web del BdE:
https://clientebancario.bde.es/pcb/es/blog/Problemas_con__5ac47502fd83361.html?#:~:text=En%20todo%20caso%2C%20tu%20banco,que%20tienes%20a%20tu%20disposici%C3%B3n.
Pues bien: Openbank se niega a cumplir el plazo de 10 días, dicen que se van a tomar 30, y que si eso ya me contestarán por escrito (que a saber por dónde salen).
Siguiendo recomendación de abogado conocedor de la materia, he puesto ya reclamación al Defensor del Cliente y estoy a la espera de su (no) respuesta para acudir al Banco de España, con cuya resolución (que es de esperar indique que es mala praxis) solicitar demanda de juicio verbal (sin abogado/procurador, lo que se conoce como reclamación de cantidad) en los juzgados de primera instancia de mi localidad.
Aviso a navegantes: cuidado con este banco, que ya puedes tener razón y desgañitarte por teléfono, email, etc., que les da igual. Lo barato sale caro.
Suerte