La mutua laboral puede hacer un seguimiento de la baja desde el primer día. Su principal meta es evitar el absentismo laboral y las pérdidas económicas que ello conlleva a las empresas. Pero ojo, todo está regulado por ley. Para citarte deben avisarte con cuatro días hábiles de antelación como mínimo, eso que hacen de llamar por teléfono por la mañana y decirle al paciente de turno que se presente por la tarde es ilegal, ellos lo saben y puedes negarte y decirles que deben avisarte con el plazo de tiempo que marca la ley ( y además añadiría mediante un método que deje constancia de ello ). Aparte de suspender la prestación percibida por la baja en caso de no acudir a la cita ( dentro del plazo legal establecido ) también pueden solicitar el alta del paciente ( aunque la baja sea por contingencias comunes y la haya expedido el médico de cabecera ) al I.N.S.S.
Hay mutuas ( la de mi empresa al menos se que si ) que en caso de ser baja por contingencia laboral ellos hacen la baja y se encargan del tratamiento y hasta de la operación en caso de ser necesario. Con ello consiguen agilizar la recuperación y disminuir el tiempo de baja al mínimo. Hay otros muchos matices y detalles sobre los que hablar, pero hay foros más adecuados para ello.
Las bajas por depresión son como un dolor de muelas para las mutuas, por que rara vez pueden demostrar que no es cierta...aunque lo intentan y a veces lo consiguen. Como ejemplo puedo decir que a un compañero del trabajo con depresión lo enviaron a un psicólogo forense, el cual dictaminó que era otra cosa ( no supo explicar que ) y tuvo que reincorporarse a su trabajo habitual puesto de Diazepam y Escitalopram hasta las cejas. Teniendo en cuenta que conducía maquinaria pesada no fue lo más prudente.
Hay gente que nace con estrella y gente que nace estrellada, así es la vida.