Sobre ING
Hola, hay alguien que sepa algo sobre los rumores que siempre corren en contra de ING, ¿tienen algo de fundamento o no? Me refiero a eso que dicen sobre que no está en el FDG y en fin, que no es seguro.
Gracias
Hola, hay alguien que sepa algo sobre los rumores que siempre corren en contra de ING, ¿tienen algo de fundamento o no? Me refiero a eso que dicen sobre que no está en el FDG y en fin, que no es seguro.
Gracias
Otra vez el dichoso bulo... que pesaditos
Si, y el zumo de naranja es cancerígeno, y la Cocacola te agujerea el estómago.
la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!
Es cierto que no está en el FGD de España, pero sí en el de Holanda cuyas coberturas son las mismas.
Puedes depositar tus ahorros con total tranquilidad (hasta 20.000 euros por titular).
Gracias por la respuesta. A mi me preocupa que tengo algo más que 20000 euros en el fondo naranja de renta fija y cada vez que me encuentro con gente que trabaja en otros bancos (de esos que están sentados en su despacho) me empiezan a contar lo peligroso que es, etcétera...
Gracias otra vez
Tratan de justificar su sueldo y la existencia de su puesto de trabajo, detrás de una silla, contando las horas.
Hola Benita,
Si tienes el dinero en un fondo de inversión sea de ING Direct o del banco que sea no está cubierto por el Fondo de Garantía de Depósitos, sino que depende de la evolución de los activos en que invierte. El fondo de garantía de depósitos solo es aplicable para los depósitos a la vista (cuentas corrientes y libretas de ahorro) y para los depósitos a plazo.
"En el caso de los fondos de inversión, tampoco existe un Fondo de Garantía como el de los depósitos o el de los valores. No obstante, al igual que ocurre con los planes de pensiones, el ahorro está protegido porque no es la misma entidad la que gestiona el dinero que la que la custodia. Mariano Rabadán, presidente de Inverco (Asociación de Instituciones de Inversión Colectiva), asegura que «aunque se produjera una quiebra, el patrimonio del fondo está absolutamente separado del balance de la gestora, por lo que es imposible que ocurra nada con el dinero de los partícipes». Es decir, la actividad de venta de fondos de inversión debe contemplar siempre la existencia de dos entidades claramente separadas.
Por un lado, está la sociedad gestora, que es quien adopta las decisiones de inversión y ejerce las funciones de administración y representación del fondo. Por otro está la entidad depositaria, que custodia el patrimonio del fondo, ya sean valores o efectivo, y asume ciertas funciones de control sobre la actividad de la gestora en beneficio de los partícipes. Es más, en fondos de inversión la entidad depositaria (puede serlo un banco, una caja, una cooperativa de crédito, una sociedad o una agencia de valores) tiene una corresponsabilidad en la supervisión de las cuentas del fondo (que puede ser exigida por los partícipes). Pero éste es sólo uno de los controles a los que se someten los fondos de inversión registrados en España. También está el de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), que es quien se encarga de autorizar y supervisar a las instituciones de inversión colectiva (IIC‘s). Es, además, el responsable del registro de las sociedades gestoras (que han de obtener la autorización previa por parte del Ministerio de Economía) y de la autorización y el registro de los depositarios. Sin olvidar un tercer control: la auditoría de las cuentas anuales de las IIC‘s .Todo esto, por supuesto, es aplicable a las IIC extranjeras registradas en España. En caso de disolución del fondo se abre un período de liquidación, en el que la sociedad gestora con el concurso del depositario actuaría de liquidador.
Por lo tanto, para evitar caer en las redes de una entidad que presta servicios de inversión y que está operando sin la debida autorización conviene consultar la CNMV. En su página web (www.cnmv.es) suelen aparecer advertencias de posibles “chiringuitos financieros” (empresas que están actuando sin contar con su autorización y que, por lo tanto, no están legalmente respaldadas por los mecanismos de supervisión, control y garantías existentes)."
Leer en https://www.rankia.com/articulos/articulo.asp?n=152
Un cordial saludo.
Muchísimas gracias por la explicación. Ya me ha quedado todo un poco más claro. Saludos,
Benita