#129313
Re: Farmas USA
" La directiva Directiva 2014/65/UE fue transpuesta en varias ocasiones en años anteriores y terminada de transponer según el Real Decreto-ley 3/2020, de 4 de febrero , por lo que entra en aplicación Decisión de Ejecución (UE) 2017/2320 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2017, relativa a la equivalencia del marco jurídico y de supervisión de los Estados Unidos de América aplicable a los mercados nacionales de valores y a los sistemas alternativos de negociación, de conformidad con la Directiva 2014/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo.Donde NASDAQ y otros mercados de valores enumerados en el artículo 2 se consideran equivalentes a mercados regulados de EU, y aplicaría la letra etra f), de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, y no dentro de la letra g), así el plazo para que no se produzca la recompra de dichos valores será de dos meses anterior o posterior a la transmisión de las acciones.Esta es solo una opinión de uno de mis asesores fiscales, pero no se puede garantizar nada. Este año tengo que decidir cómo diferiré las pérdidas de acciones en NASDAQ así que enviaré la consulta a otro asesor fiscal. "
La opinión de mi asesor fiscal fué que para los mercados enumerados en la Decisión de Ejecución (UE) 2017/2320 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2017 el plazo es de 2 meses y lo corroboró por medio medio de una cita presencial en la Agencia Tributaria.
En mi caso queda en 2 meses acciones de NASDAQ y NYSE, y 1 año para OTC(al no estar en la lista)
P.D.
Esta es solo mi opinión y no puede tomarse como una recomendación fiscal, no soy asesor fiscal ni legal. Busquen consejo en su asesor fiscal o directamente en la Agencia Tributaria.
La opinión de mi asesor fiscal fué que para los mercados enumerados en la Decisión de Ejecución (UE) 2017/2320 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2017 el plazo es de 2 meses y lo corroboró por medio medio de una cita presencial en la Agencia Tributaria.
En mi caso queda en 2 meses acciones de NASDAQ y NYSE, y 1 año para OTC(al no estar en la lista)
P.D.
Esta es solo mi opinión y no puede tomarse como una recomendación fiscal, no soy asesor fiscal ni legal. Busquen consejo en su asesor fiscal o directamente en la Agencia Tributaria.
Mis mensajes van de especulación y trading de corto plazo.