Re: Chicharros USA - bolsa internacional
GEVO
Dentro a 0'19
GEVO
Dentro a 0'19
GEVO milagrosamente se recupera antes del r/s , guay!!
GEVO
No se si vender a final de sesion y no comerme el r/s xD
Cuando es?
GEVO
Yo las llevo algo más altas, me las quedo.
"Buf, se me está haciendo más largo que un dia sin bolsa"
GEVO
Según esto al cierre del día 5, que lo mire rápido y pensaba que era al inicio.
Yo las tengo más altas y una vez que se empezó a hundir ya me aguante, y ahora que se recupera, no se porque... me da hasta esperanzas jeje
YA SE, QUE NO ES DE AQUÍ... Pero también es un chicharro :):)
Tributación del ahorro: novedades fiscales
04/01/2017
Sepa cuáles son las novedades que el Fisco le tiene preparadas este 2017 en lo que afecta a su ahorro. Así podrá actuar en consecuencia.
En enero de 2015 entró en vigor la última gran reforma del IRPF. No obstante, el Fisco siempre se reserva en la manga algún nuevo cambio como los que tendrán efectos a partir de este recién estrenado 2017. Le ponemos al día para que pueda adaptarse a estos cambios.
Lo que no cambia
Este año tanto las escalas de gravamen del ahorro como la retención a cuenta del IRPF (la realizada p.ej. en el pago de cupones, dividendos, o intereses) no variarán.
· Seguirán metiéndose en el mismo saco fiscal las ganancias y pérdidas independientemente del periodo de permanencia que usted haya mantenido esas inversiones en cartera, y podrá seguir compensándolas entre sí. Así por ejemplo podrá compensar la ganancia que obtenga con la venta de unas acciones con la pérdida por el reembolso de un fondo de inversión.
· De forma equivalente, los rendimientos del capital mobiliario, como los que usted obtiene cuando cobra los intereses de un depósito o vende una obligación, los podrá compensar entre sí.
· Y finalmente, el saldo resultante de un saco (el de las ganancias) y otro (el de los rendimientos) lo podrá compensar entre sí, pero con un cierto límite, que este 2017 se incrementa.
· Y si tras realizar todas estas compensaciones quedase saldo negativo, su importe se compensará de la misma manera en los cuatro años siguientes.
Compensar un poco más
En 2017 vuelve a subir el límite de compensación entre pérdidas patrimoniales y rendimientos del capital mobiliario de la base del ahorro. Así, si en 2017 le quedaran pérdidas o rendimientos negativos pendientes, fiscalmente podrá compensarlos respectivamente con el saldo positivo de rendimientos o ganancias, con el límite del 20% de dicho salvo positivo.
· Este límite volverá a incrementarse en 2018, a partir de entonces quedará fijado en el 25%.
La venta de derechos de suscripción
Hasta el 31 de diciembre de 2016 la venta en Bolsa de derechos de suscripción que dan derecho a participar en ampliaciones de capital no debía declararse en el IRPF hasta el momento de vender las acciones de las que se desgajaron. Y en ese momento se consideraban como un menor valor de compra de estas a la hora de calcular la ganancia generada con la venta. Este año 2017 la totalidad del importe recibido por la venta de derechos de suscripción se declara como ganancia patrimonial y será sometida a retención al igual que se hace cuando se reembolsa un fondo.
· Hay que recordar que en el caso de los scrip dividends, la venta de los derechos de suscripción directamente a la empresa al precio prefijado por esta ya soportaba un tratamiento fiscal similar. Es decir, se consideran dividendos y se incluyen en la declaración como rendimientos del capital mobiliario, también sujetos a retención.
Adiós al PADRE
El 5 de abril de 2017 se inicia el plazo de presentación, exclusivamente por Internet, de las declaraciones de Renta y Patrimonio 2016. Desaparece el Programa PADRE que es sustituido por el Sistema Renta WEB, el cual se generaliza para todos los contribuyentes, cualquiera que sea la naturaleza de sus rentas.
· Seguirá existiendo la opción de solicitar cita previa para realizar la declaración en alguna de las administraciones de Hacienda. Pero el plazo de las presentaciones presenciales será diferente al de Renta Web, ya que en este caso la campaña arrancará el día 11 de mayo.
· Puede consultar el calendario del contribuyente 2017 en la página web http://www.agenciatributaria.es
TBIO
Chartis, ¿se sabe para cuándo está previsto el reverse en ésta?. Que digo yo que los cortos tendrán que cerrarse de un momento a otro, se la ve con ganas de saltar.
Después del reverse tienen una fusión con otra empresa.
"Buf, se me está haciendo más largo que un dia sin bolsa"
TBIO
Re.... qué?
En todo lo que no sea técnico más pez que la mayoría de vosotros.
Además TBIO no la sigo.
Siento no poder ayudarte.
Si necesitas que tire unas líneas para eso si que cuando quieras
Si te sientas en la mesa y no descubres al "primo" es que lo eres tú.