* warrant: El warrant es un contrato o instrumento financiero derivado que da al comprador el derecho, pero no la obligación, de comprar/vender un activo subyacente (acción, futuro, etc.) a un precio determinado en una fecha futura también determinada. En términos de funcionamiento, los warrant están incluidos dentro de la categoría de las opciones.
Si un warrant es de compra recibe el nombre de call warrant, y si es de venta será un put warrant. El warrant, al igual que las opciones, dan al poseedor la posibilidad de efectuar o no la transacción asociada (compra o venta, según corresponda) y a la otra parte la obligación de efectuarla. El hecho de efectuar la transacción recibe el nombre de «ejercer» el warrant.
(Fuente wikipedia)
De todos modos poco importa ya que el accionista sólo puede hablar y no participar (quedáis excluidos de los famosos derechos de suscripción) y los que quieran sólo podrán acudir, cual comparsa Real, a aplaudir en la junta de accionistas como figurantes. El acta se aprobará y el pequeño será ninguneado. La partida de Poker empieza a coger dimensión.
Lo lógico es que se ejecuten en Abril (ustedes saben porqué) y puede ser un seguro para el préstamo (o pueden ser mil cosas porqué al tratarse de una "opción" hay mucha letra pequeña detrás)
( Esto con Juárez no pasaba, que tiempos )
Un saludo.