claro que puedes, el único peligro que tiene la operativa de vender acciones y suscribir derechos es si tus acciones tienen pérdidas latentes ....cuidado los que tengán pérdidas por que si vendéis las viejas para suscribir nuevas os contara como recompra de acciones (fiscalmente) hay formas de "esquivarlo" con una cuenta del cónyuge ....pero claro también depende de la pasta que cada uno tenga metido,
Si tienes ganancias , puedes hacer lo que quieras, venderlas antes de la ak, no venderlas y suscribir derechos, vender acciones y suscribir derechos, vender derechos y suscribir acciones viejas , venderlo todo en medio de la ak y comprar cuando termine......se puede hacer de todo pero puedes acertar o no .....tened cuidadito y echar los cálculos.