Acceder

Abengoa levanta el vuelo

74,2K respuestas
Abengoa levanta el vuelo
75 suscriptores
Abengoa levanta el vuelo
Página
7.074 / 9.421
#56585

Re: Abengoa - Hecho Relevante

26/05/2017 08:26h CNMV - Hecho Relevante

El Consejo de Administración de Abengoa, en su reunión de fecha 24 de mayo de 2017, ha acordado por unanimidad convocar la Junta General Ordinaria de Accionistas de la Sociedad para su celebración en el domicilio social, Campus Palmas Altas, de Sevilla, el día 29 de junio de 2017, a las 12:00 horas, en primera convocatoria y, en su caso, de no alcanzarse el quórum necesario, en segunda convocatoria, el día siguiente, 30 de junio de 2017, a la misma hora y en el mismo lugar mencionados, para tratar sobre el orden del día que consta en el texto del anuncio de convocatoria adjunto.

Se adjunta al presente hecho relevante copia de la siguiente documentación:

1. Texto de la convocatoria de la Junta General Ordinaria de Accionistas.

2. Texto de los acuerdos que el Consejo de Administración propone para su aprobación a la Junta General Ordinaria de Accionistas.

La citada documentación adjunta será sometida para su aprobación en la Junta General Ordinaria de Accionistas convocada por el Consejo de Administración celebrado el 24 de mayo de 2017, estando prevista su celebración previsiblemente en segunda convocatoria el próximo 30 de junio de 2017.

El preceptivo anuncio en el Boletín Oficial de Registro Mercantil se ha publicado en esta misma fecha.

Los acuerdos adoptados por la Junta General Ordinaria de Accionistas serán igualmente comunicados a través del oportuno hecho relevante.

Orden del Día

Primero.- Cuentas anuales y gestión social.

1.1 Examen y aprobación, en su caso, de las cuentas anuales individuales (balance, cuenta de pérdidas y ganancias, estado que refleja los cambios en el patrimonio neto del ejercicio, estado de flujos de efectivo y memoria) y del informe de gestión individual correspondiente al ejercicio 2016 de la Sociedad así como de las cuentas anuales consolidadas (estados de situación financiera consolidados, cuentas de resultados consolidadas, estados de resultados globales consolidados, estados de cambios en el patrimonio neto consolidados, estado de flujos de efectivo consolidados y memoria consolidada) y del informe de gestión consolidado correspondientes al ejercicio 2016 de su grupo consolidado.

1.2 Aprobación de la propuesta de aplicación del resultado de las cuentas anuales individuales de la Sociedad.

1.3 Aprobación de la gestión social durante el ejercicio 2016.

Segundo.- Nombramiento de consejeros. Mantenimiento de vacante.

Tercero.- Reelección de Deloitte, S.L. como auditor de cuentas de la Sociedad y de su grupo consolidado para el ejercicio 2017.

Cuarto.- Nombramiento del auditor de cuentas de la Sociedad y de su grupo consolidado para los ejercicios 2018, 2019 y 2020.

Quinto.- Sometimiento a votación, con carácter consultivo, del Informe Anual sobre Remuneraciones de los consejeros de Abengoa.

Sexto.- Aprobación de modificaciones a la política de remuneraciones aplicable al ejercicio 2017.

Séptimo.- Aprobación de la política de remuneraciones aplicable a los ejercicios 2018- 2020, ambos incluidos.

Octavo.- Agrupación del número de acciones en circulación o "contrasplit". Delegación al Consejo de Administración para la adquisición derivativa de acciones propias y/o la conversión de acciones propias Clase A en acciones propias Clase B. Reducción del capital mediante la amortización de acciones Clase A y Clase B procedentes de autocartera. Modificación del artículo 6 de los Estatutos Sociales y delegación de facultades con capacidad de sustitución.

Noveno.- Delegación en el Consejo de Administración de la facultad de aumentar el capital social mediante la emisión de nuevas acciones de cualesquiera de las clases de acciones A y/o B, conforme a lo establecido en el artículo 297.1 b) de la Ley de Sociedades de Capital, dentro de los límites de la Ley, con facultad expresa de delegar la exclusión del derecho de suscripción preferente de conformidad con lo previsto en el artículo 506 de la Ley de Sociedades de Capital, revocando y dejando sin efecto la cantidad pendiente resultante de las delegaciones anteriores concedidas por la Junta General. Delegación de facultades al Consejo de Administración, con expresas facultades de sustitución, para fijar las condiciones del aumento de capital. Solicitud ante los organismos competentes, nacionales y extranjeros, para la admisión a negociación de las nuevas acciones en cualesquiera mercados de valores.

Décimo.- Delegación al Consejo de Administración para la adquisición derivativa de acciones propias, de cualquier clase, directamente o a través de sociedades del grupo, de conformidad con la normativa vigente y por el plazo máximo de cinco años, y dejando sin efecto las anteriores autorizaciones conferidas, a los mismos fines, por la Junta General.

Decimoprimero.- Información a la Junta de las modificaciones aprobadas por el Consejo de administración al Reglamento del Consejo de Administración.

Decimosegundo.- Delegación en el Consejo de Administración para la interpretación, subsanación, ejecución, formalización e inscripción de los acuerdos adoptados.

 

http://www.cnmv.es/portal/HR/verDoc.axd?t={c08a8587-4e25-4535-b24d-80bb67b30aca}

#56587

Re: Abengoa - Hecho Relevante

Pues nada, ya tenemos el contraesplit ahi.

si alguien tiene aprecio a su capital que por favor no compre acciones hasta  julio, ni a 0,01.

Avisados estais.

#56588

Re: Abengoa contrasplit

Agrupación del número de acciones en circulación o “contrasplit”

(A) Agrupación de acciones Agrupar el número de acciones en circulación mediante la transformación de:

(i) 100 acciones Clase A actuales de 0,02€ de valor nominal cada una de ellas en una nueva acción Clase A de 2€ de valor nominal (las “Nuevas Acciones Clase A”), por tanto elevando el valor nominal de las acciones Clase A en 1,98€, desde los 0,02€ actuales hasta los 2€; y

(ii) 100 acciones Clase B actuales de 0,002€ de valor nominal cada una de ellas en una nueva acción Clase B de 0,02€ de valor nominal (las “Nuevas Acciones Clase B” y, junto con las nuevas acciones Clase A, las “Nuevas Acciones”), por tanto elevando el valor nominal de las acciones Clase B en 0,0198€, desde los 0,0002€ actuales hasta los 0,02€. Tras la agrupación, el número de acciones representativas del capital social se verá reducido a 188.361.192, siendo 16.457.460 acciones Clase A y 171.903.732 acciones Clase B, sin alteración de la cifra de capital social.

No obstante lo anterior, los números de acciones clase A y clase B incluidos en la presente propuesta de acuerdo podrán verse modificados (reducido en el caso de las acciones clase A e incrementado en el caso de las acciones clase B) en el número necesario para preservar la proporción relativa entre el número de acciones de cada clase objeto de emisión y el existente al tiempo de la ejecución de estos acuerdos en el caso de que, durante el período comprendido entre la fecha de formulación de la presente propuesta de acuerdo y la fecha de su ejecución por el Consejo de Administración, el Consejo de Administración de la Sociedad hubiera tenido que atender solicitudes de conversión voluntaria de acciones clase A en acciones clase B formuladas por los accionistas durante ese período, al amparo del artículo 8.(A).(A.3) de los Estatutos Sociales de la Sociedad.

A estos efectos, se faculta expresamente al Consejo de Administración, con facultad expresa de sustitución en cualesquiera de sus miembros, el Secretario del Consejo y la Vicesecretaria del Consejo, para que, con ocasión de la ejecución del presente acuerdo, pueda modificarlo en cuanto resulte necesario para adaptarlos a los números de acciones clase A y clase B emitidas y en circulación y a la cifra del capital social de la Sociedad existente en ese momento.

Se hace constar que la proporción entre el número de acciones clase A y el número de acciones clase B de la Sociedad que resulte de la agrupación al amparo del presente acuerdo será igual a la proporción existente entre los números de una y otra clase de acciones en el momento inmediatamente anterior a la citada ejecución.

Las nuevas acciones Clase A y Clase B serán acciones de la misma clase y serie, respectivamente, que las actualmente en circulación, atribuirán a sus titulares, respectivamente, los mismos derechos políticos y económicos que las acciones clase A y las acciones clase B actualmente en circulación, y estarán representadas mediante anotaciones en cuenta, siendo la entidad encargada de su registro contable “Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A.U.” (en adelante, “Iberclear”), junto con sus entidades participantes.

(B) Procedimiento de canje

La agrupación y el canje de las acciones Clase A y Clase B actualmente en circulación por las Nuevas Acciones Clase A y las Nuevas Acciones Clase B respectivamente se llevará a cabo, una vez que el presente acuerdo y la consiguiente modificación estatutaria hayan quedado inscritos en el Registro Mercantil, a partir de la fecha que se indique en los anuncios que se publicarán en el Boletín Oficial del Registro Mercantil, en la página web de la Sociedad, en la página web de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (“CNMV”), mediante la publicación de hecho relevante y, en su caso, en los Boletines de Cotización de las Bolsas Españolas.

Los accionistas de la Sociedad que figuren legitimados como tales en los registros contables de Iberclear y sus entidades participantes a cierre de mercado del día bursátil anterior a aquél en el que, conforme a lo previsto en el párrafo anterior, deba llevarse a cabo la agrupación y el canje (el “Record Date”), tendrán derecho a recibir una Nueva Acción Clase A por cada 100 acciones Clase A y una Nueva Acción Clase B por cada 100 acciones Clase B.

La agrupación y el canje se realizarán de forma automática conforme a los procedimientos establecidos para valores representados mediante anotaciones en cuenta, a través de las correspondientes entidades participantes en Iberclear que sean depositarias de las acciones, quienes seguirá las instrucciones recibidas de Iberclear o, en su caso, de la entidad agente.

#56589

Re: Abengoa levanta el vuelo

Espero que la agrupación de minoristas llegue al 5% porque hay varios de los acuerdos propuestos a la Junta que son de auténtico miedo:

  • Delegar en el Consejo de Administración, en la forma más amplia y eficaz admitida en Derecho y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 297.1.b) de la Ley de Sociedades de Capital, la facultad de ampliar el capital social, en una o varias veces, cuando y a medida que las necesidades de la Sociedad lo requieran a juicio del propio Consejo de Administración, dentro del plazo legal de cinco años contados desde la fecha de celebración de la presente Junta General y sin necesidad de convocatoria ni acuerdo posterior de la Junta General de Accionistas, hasta un importe máximo equivalente al cincuenta por ciento del capital social de la Sociedad a la fecha de la presente autorización, mediante la emisión de acciones de cualquiera de las clases previstas en los Estatutos Sociales, con cargo a aportaciones dinerarias, con o sin prima de emisión y previéndose expresamente la posibilidad de suscripción incompleta de las acciones que se emitan conforme a lo previsto en el artículo 311 de la Ley de Sociedades de Capital, todo ello en la oportunidad y cuantía que el propio Consejo determine y sin necesidad de previa consulta a la Junta General
#56590

Re: Abengoa - Hecho Relevante

Contrasplit seguido de AMPLIACION DECAPITAL???

 

Noveno.- Delegación en el Consejo de Administración de la facultad de aumentar el capital social mediante la emisión de nuevas acciones de cualesquiera de las clases de acciones A y/o B, conforme a lo establecido en el artículo 297.1 b) de la Ley de Sociedades de Capital,

#56591

Re: Abengoa - Hecho Relevante

Buenos días a todos, parece que la noticia no ha tendio buena acogida en la Bolsa, una mas de los golpes de Abengoa a los accionistas. Segun suena esta noticia pareciera que los Accionistas seguirán perdiendo valor en Abengoa. Que poca transparencia y que poca pedagogia a los accionistas, que son a fin de cuentas los propietarios de la Empresa. Lejos de hacer sentir que la situacion está controlada y Abengoa en fase de recuperación el accionista se siente sin derecho alguno y con posiblidad de perder la inversion en su totalidad. Sufrir y sufrir, esa es el fin de los Accionistas.

#56592

Re: Abengoa - Hecho Relevante

ese texto se suele poner siempre.

en realidad no hay ampliación, hay reducción de capital en unos céntimos para ajustar los picos del contra-split.