Como veo que aún hay algunos foreros que tienen sus dudas en cuanto a la rentabilidad da las tres opciones del dividendo flexible, que nos brinda el SAN,voy a exponer un ejemplo de tres inversores,que han escogido cada uno de ellos una opción durante el año pasado 2012, y calculando la rentabilidad de cada una de ellas.
Por supuesto es un comparativo superaséptico,en el sentido que no incluyo gastos,y,obviamente,no valoro situaciones económicas,preferencias financieras y/ó fiscales de cada cual.Los datos que manejo en mi hipótesis de cálculo,son reales y pertenecen a los cuatro dividendos flexibles (prefiero llamarlos en mi lengua),del Santander durante el año 2.012, a saber:
Compromisos de compra de derechos por San: 0,12 - 0,22 - 0,152 y 0,15 = 0,642 €/derecho.
Canjes de acciones antiguas por nuevas : 46:1 - 24:1 - 32:1 y 38:1.
Los tres inversores ( A , B Y C ),eran anteriormente propietarios de 10.000 acciones del SAN, adquiridas a un precio de 5 €/acción.Posteriormente,después del 4º dividendo,venden este paque
te,cuando cotiza a 6 €/acción.
Inversor A.-
Siempre vende sus derechos al banco,no quiere posponer futuras obligaciones tributarias.El beneficio neto de la venta, después de impuestos,incluyendo el importe recibido en los cuatro dividendos, fué de 12.812 euros.
Inversor B.-
Siempre vende sus derechos a mercado; necesita liquidez inmediata. Luego, cuando venda, ......ya veremos con Hacienda.Para que la comparativa sea homogénea,el precio de venta de sus derechos,es el mismo que el que garantiza el banco.El beneficio neto,después de declarar la venta de acciones y sumando el importe cobrado de los dividendos sin retención,fué de 12.555 euros.
Inversor C.-
Siempre en los cuatro dividendos,opta por papelitos. Le gusta ver cómo el precio medio de sus 10.000 acciones va bajando en cada uno de ellos.No recibe durante ese año ningún metálico,pero al final, tiene 1.264 acciones más.Su beneficio neto,después de impuestos de venta, fué de 13.428 euros.
Lógicamente,los impuestos calculados (que son los vigentes)y cumpliendo la condición de vender acciones con mas de un año en cartera,sólo se refieren a la tributacion exclusiva de las ganancias obtenidas en la venta de acciones y derechos a mercado; no recogen ningún otro de rendimiento.
Seguramente habrá tantos argumentos a favor o en contra de estas opciones,casi como accionistas del Santander.