Venta de derechos y cartera
Cuando vendeis los derechos en el mercado que haceis con el precio de compra de vuestras acciones? Quiero decir, los que tenemos una cartera en rankia, en excel, etc. y vendemos los derechos de SAN por ejemplo, y la venta minora el precio de adquisición, que haceis entonces? cambiais el precio de compra inmediatamente en vuestras carteras o conservais el precio de compra antiguo?
Me he dado cuenta de que he cobrado algunos dividendos a traves de derechos vendiendolos en el mercado y no he cambiado el precio de compra, si minora el precio de compra cuando vendes los derechos a mercado deberia cambiarlo, no?
A grandes rasgos:
Tengo acciones que me han costado 10.000
Vendo derechos en el mercado y sin retención por valor de 1.000
De cara al IRPF, si no estoy equivocado, nuestro precio de compra sería 9.000
¿Sin hacer trampas al solitario y para ser honestos con nosotros mismo que habría que poner en nuestras carteras como precio de compra de ese valor, 10.000 o 9.000?
Saludos.