http://www.larazon.es/detalle_hemeroteca/noticias/LA_RAZON_423833/872-pena-de-carcel-por-negarse-a-soplar-en-el-test-de-alcoholemia#.UePY2NLJSfU
http://www.20minutos.es/noticia/1560184/0/condenada-un-ano-prision/agresion-patada-policia/manifestacion-jaen/
Artículo 379 CP
1. El que condujere un vehículo de motor o un ciclomotor a velocidad superior en sesenta kilómetros por hora en vía urbana o en ochenta kilómetros por hora en vía interurbana a la permitida reglamentariamente, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de seis a doce meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y, en cualquier caso, con la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.
2. Con las mismas penas será castigado el que condujere un vehículo de motor o ciclomotor bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o de bebidas alcohólicas. En todo caso será condenado con dichas penas el que condujere con una tasa de alcohol en aire espirado superior a 0,60 miligramos por litro o con una tasa de alcohol en sangre superior a 1,2 gramos por litro.
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Estoy superdesinformado :-)
No me explico quién ha dicho nada de sanciones administrativas, yo al menos no, hablo de prisión por multas y por muchas cosas más, independientemente del código que se aplique.
No voy a revelar la fuente, pero lo se de primera mano, es policial, las cárceles españolas están abarrotadas de mendigos, como he comentado varias veces ya y no lo repetiré más, que sois unos cansinos, y si no lo creéis pues daros una vuelta por cualquier prisión española y lo comprobaréis con vuestros ojos.
Joer, sois más pesados que un elefante en brazos :-(
Finish a este tema, ya me cansa.
S2