Solo quiero recordar los efectos fiscales que cada una de las TRES opciones determinan, cada contribuyente sabe su situación fiscal y podrá elegir la mas conveniente, en función de su situación particular:
a)- Acudir a la ampliación aplicando los derechos a la adjudicación de nuevas acciones, se recibe una nueva acción por cada 82 derechos... fiscalmente la cartera se incrementa en el numero de las nuevas acciones y se mantiene el mismo coste de adquisición de las acciones que generan los derechos.... por tanto baja el coste de adquisición y a la hora de venta se tendrá mayores plusvalías o menores minusvalías, momento en el que esta opción tendrá efecto fiscal.
b)-Vender los derechos a la Sociedad Emisora (BBVA) al precio de 0,099 , que tendrá el mismo tratamiento fiscal como el cobro de un dividendo, donde se tendrá la retención del 21% y derecho a la exención de los primeros 1.500 euros por declaración.
La retención es un pago a cuenta del resultado de la Declaración, puede existir casos excepcionales donde tener mas rentas del capital puedan convenir al contribuyente ( por ejemplo si en el ejercicio actual o anterior se han tenido perdidas por cambio de preferentes, estas se compensan con rendimientos del capital)
c)-Vender los derechos a mercado, con esto el importe cobrado no tiene retención ni efecto fiscal en el ejercicio 2013, este importe cobrado minora el valor de adquisición de las acciones que generan los derechos y tendrá su efecto fiscal, cuando se vendan estas acciones, generando mas plusvalías o menores minusvalías.
Saludos