Del artículo 5 de la circular 10/2010 del Mab que regula el asesor registrado cabe deducir que si tienen responsabilidad. Lo inserto:
Quinto. Funciones y cometidos de los Asesores Registrados
A. Con carácter general, corresponde a los Asesores Registrados asistir a las empresas
con valores incorporados al segmento Empresas en Expansión del Mercado Alternativo
Bursátil en el cumplimiento de las obligaciones que les corresponden en su actuación en
ese segmento.
B. En desarrollo de esa función general, corresponden a los Asesores Registrados los
siguientes cometidos concretos:
1º. Comprobar que la correspondiente compañía cumple los requisitos que la
regulación del segmento Empresas en Expansión exija para su incorporación a tal
segmento.
A tales efectos, el Asesor Registrado asistirá a la compañía en la preparación del
folleto informativo que puede ser requerido en función de las características de la
oferta que acompañe a tal incorporación.
En el supuesto de no llevarse a cabo una oferta o de tener ésta características que no
requieran el registro de un folleto informativo, el Asesor Registrado colaborará con la
compañía en la preparación del documento informativo exigido por la normativa del
segmento Empresas en Expansión y revisará que la información que la empresa haya
reunido y publique cumpla con las exigencias de esa normativa y no omita datos
relevantes ni induzca a confusión a los inversores.
2º. Una vez incorporada la empresa al segmento Empresas en Expansión, revisará la
información que la compañía haya preparado para remitir al Mercado Alternativo
Bursátil con carácter periódico o puntual y verificará que cumple con las exigencias de
contenido y plazos previstos en la normativa del Mercado.
3º. En relación con la actuación de la empresa dentro del segmento Empresas en
Expansión, el Asesor Registrado le asesorará acerca de los hechos que pudiesen
afectar al cumplimiento de las obligaciones que la empresa ha asumido al
incorporarse al segmento Empresas en Expansión, y sobre la mejor forma de tratar
tales hechos y de evitar incumplimientos de tales obligaciones.
4º. Cuando se apreciase un potencial incumplimiento relevante de las obligaciones
asumidas por la empresa al incorporarse al segmento Empresas en Expansión, que
no hubiese quedado subsanado mediante su asesoramiento, trasladará al Mercado
Alternativo Bursátil los hechos que puedan suponer dicho incumplimiento.
5º. Gestionar, atender y contestar las consultas y solicitudes de información que el
Mercado le dirija en relación con la situación de la compañía, la evolución de su
actividad, el nivel de cumplimiento de sus obligaciones y cuantos otros datos el
Mercado considere relevantes en relación con la actuación de la compañía en el
Mercado. A estos efectos, deberá mantener el necesario contacto regular con la
compañía y analizar las situaciones excepcionales que puedan producirse en la
evolución del precio, volúmenes de negociación y restantes circunstancias relevantes
en la negociación de los valores de la compañía, para lo que podrá contar con la
asistencia de terceras entidades, particularmente con el proveedor de liquidez.
6º. Comprobar que, en el caso de que adopte un acuerdo de exclusión de negociación
del Mercado que no esté respaldado por la totalidad de los accionistas, el precio al que
el emisor ofrezca la adquisición de sus acciones a los accionistas que no hayan
votado a favor de tal exclusión se haya justificado por el emisor de acuerdo con los
criterios previstos en la regulación aplicable a las ofertas públicas de adquisición de
valores para los supuestos de exclusión de negociación.
C. Para el desarrollo de los cometidos anteriormente indicados, el Asesor Registrado:
Deberá suscribir las declaraciones que la normativa del Mercado Alternativo Bursátil
prevea, con carácter general, con ocasión de la incorporación de valores al segmento
Empresas en Expansión o en relación con la información exigible a las empresas con
valores a él incorporados.
Habrá de cursar al Mercado, a la mayor brevedad posible, las comunicaciones que
contesten las consultas y solicitudes de información que este último pueda dirigirle.