Acceder

Limpieza de carteras antes del 31 de Diciembre

4 respuestas
Limpieza de carteras antes del 31 de Diciembre
Limpieza de carteras antes del 31 de Diciembre
#1

Limpieza de carteras antes del 31 de Diciembre

Sugiero limpiar las carteras antes de 31 de Diciembre por el siguiente motivo:El 1 de Enero de 2015, cambia la ley de IRPF y ya no podrán llevarse las minusvalías de menos de 1 año contra los rendimientos netos reducidos de la parte general de la base imponible, sino que habrá que hacerlo exclusivamente contra la renta del ahorrro, es decir, para compensar plusvalías del mismo tipo (20%).
Esto aplica a quienes tengan rendimientos del trabajo altos, digamos que por ejemplo de 45.000 euros. Para estos, las minusvalías se compensarán al 42,5% .(con un límite de 4.500 euros de minusvalía approx -10%-.)
A la vista del poco eco que tuvo mi mensaje sobre la oportunidad que ha habido con Endesa y sus macrodividendo, animo a los foreros a echar un vistazo al tema fiscal

Shikaneder

#2

Re: Limpieza de carteras antes del 31 de Diciembre

Buenos dias! Gracias...tengo una duda

tengo unas minusvalias q ya se vendieron de 2000e y ahora tengo unas plus en cartera de 3000, las 2 de menos de 1 año! Tributaria los 1000 e de plus ya que se compensan los 2 perdidos x 2 ganados n?

gracias

#3

Re: Limpieza de carteras antes del 31 de Diciembre

Hola, ¿quiere eso decir que si solo tienes minusvalías estas se deducen de la base del trabajo?
Por elemplo, si tengo una base por rendimientos del trabajo de 30.000 € (solo por nómina) y vendo unas acciones de menos de un año de antiguedad con 2.000 € de minusvalías, ¿la base imponible por trabajo serían 28.000 €? ¿Hay un importe máxmo a deducir? Un saludo

#4

Re: Limpieza de carteras antes del 31 de Diciembre

No soy ningún experto en fiscal , pero en el caso que tu planteas el límite a deducir es el 10% de la base por rendimientos del trabajo , es decir 3000 euros de minusvalías . Lo que exceda de esta cantidad tienes 4 años para compensarlo con plusvalías
Salut

#5

Re: Limpieza de carteras antes del 31 de Diciembre

A profitscall

Efectivamente, la primera compensación sería de las 2000 de minusvalías contra los 2000 de plusvalías. Tributarías por los otros 1000 de plusvalía y lo harías a tu tipo de renta general. Si tus ingresos son por ejemplo de 30.000 €/año, estos 1000 tributarán por un 38% según la escala de gravamen para el 2014.
PERO: lo que deberías hacer es: no vender con plusvalías, sino dejar las minusvalías hasta el 31 de Diciembre y vender tus acciones con plusvalías el 1 de Enero. De esta manera, los tres mil de minusvalías se compensarán directamente con tu tipo marginal de ingresos del trabajo en tu declaración de 2014. Las plusvalías de 2015 ya tributaran a un tipo más reducido, porque la ley cambia.

Para saber si esto te conviene debes ver cual es tu tipo marginal en la parte general de la renta y asegurarte de que las minusvalías son compensables formalmente, es decir, que no has comprado el mismo valor antes de dos meses de transcurrida la venta que hiciste de tus acciones con minusvalía. Mira la escala de gravamen y lo verás. Y calcula bien los límites que marca la ley para la compensación

A Kurdt:

Efectivamente . Tal como ha aclarado Ojeador en su mensaje tienes un límite que es el 10% de los rendimientos del trabajo + los rendimientos de los bienes inmuebles no sujetos a actividad económica; por ejemplo si tienes una vivienda no habitual declarada por la que te imputan una renta teórica. Creo que sería el 10% de las casillas 020 + 067 del impreso de IRPF .

Salud
Shikaneder