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Regla de los 2 meses

17 respuestas
Regla de los 2 meses
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Regla de los 2 meses
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#1

Regla de los 2 meses

buenos dias, a continuacion propongo un ejemplo que no me aclaro y me dan muchas respuestas no con seguridad.
compro   14-03    1000 titulos a  1 total 1000
compro    15-3      1000 titulos a  .5    total  500
 vendo   16-3      2000  titulos a .8    total 1600 euros   con lo que obtengo ganacias por 100 euros
vuelvo a comprar 17-03    2000 titulos a .6    total 1200 euros.
mi pregunta   incumplo la regla de los 2 meses.
muchas gracias

#2

Re: Regla de los 2 meses

En este mismo foro ya tienes numerosos mensajes y respuestas a esa pregunta
#3

Re: Regla de los 2 meses

Pero si no no has tenido perdidas que tiene que ver los 2 meses, esa regla solo es para el caso que tengas perdidas no es tan difícil de entender...


#4

Re: Regla de los 2 meses

Perdona mi pregunta vicente, pero mii duda era  como hay una compra con pérdida se puede compensar con la otra que tiene plusvalía,cuando la venta es una sola. De todas formas pido perdón si he sido repetitivo y pesado preguntando lo mismo, muchas gracias por contestarme. 
#5

Re: Regla de los 2 meses

Ostias es  verdad, si, sí la incumples no te puedes compensar la primera compra, las 2.000 acc , aplica la regla fifo,  o sea 1.000 acc pierdes 200€ que no puedes compensar con las ss 1.000 acc que ganas 300€ o sea tienes que tributar por una ganancia de 300€
#6

Re: Regla de los 2 meses

Y  si la compra primera (la del  14- 3   las que tienen pérdidas) hubiera sido por ejemplo el 2-1 si se podrían compensar aunque los dos movimientos últimos no tienen 2 meses
#7

Re: Regla de los 2 meses

De todas formas muchas gracias Vicente

#8

Re: Regla de los 2 meses

Entonces sí pq ya han pasado 2 meses, las ss ya tienes beneficios por lo que no afecta la regla que es lo que me ha despistado, he visto que la vta era con beneficios y por eso te he dicho que si se podia compensar pero claro no habia leido la 1era compra....
#9

Re: Regla de los 2 meses

.
#10

Re: Regla de los 2 meses

Si se pueden compensar. Porque el 16 vendiste todo.
#11

Re: Regla de los 2 meses

Aunque después compre  otra vez? 
#12

Re: Regla de los 2 meses

En teoría has vendido 1000 títulos con pérdidas, que recompras al día siguiente. Entiendo que esas pérdidas deberías arrastrarlas.

Pero de todos modos todo dependerá de tu posición a fin de año. Si a fin de año no tienes esos títulos y no los recompras en menos de dos meses en 2026 pues no te afecta la normativa ya que todo tendría lugar en 2025, sin recompra en menos de dos meses en 2026.

Es una pena que tengamos este tipo de normas en españa, que distraen de la inversión, y en consecuencia nos generan pérdidas sobre las que evidentemente España no recauda. Es una norma con la que perdemos todos. Entiendo el objetivo de la norma (no permitir posponer impuestos vendiendo con pérdidas en el ejercicio actual y recomprando en el próximo), pero si perdemos todos para que la queremos... Tenía que existir por lo menos un mínimo, por ejemplo que solo aplicase a partir de pérdidas superiores a 100.000 euros. Solucionaría un montón de quebraderos de cabeza absolutamente innecesarios.

Saludos
#13

Re: Regla de los 2 meses

Si vendes con pérdidas y recompras sin que hayan pasado 2 meses esas pérdidas
no se pueden compensar, ningún año, si vendes los títulos recomprados con beneficios
da igual cuando los vendas y si los vendes a pérdidas, los recomprados, los podrás compensar si no vuelves a recomprar hasta pasados 2 meses..........
#14

Re: Regla de los 2 meses

Buenas, 

no sé si te he entendido bien, pero

 Si vendes con pérdidas y recompras sin que hayan pasado 2 meses esas pérdidas
no se pueden compensar, ningún año 

esas pérdidas simplemente se arrastran, siguen ahí y se compensan cuando cierres tu posición, sin volver a comprarlas (en dos meses).  Que yo sepa hay una casilla en la declaración de la renta donde se mencionan las pédidas suspendidas por esta regla. Creo que es en el momento que declaras la plusvalía de la venta, tienes esa casilla donde mencionar las pérdidas que no has podido deducir con anterioridad (no me refiero a la totalidad de pérdidas de todos los bienes, que también son deducibles hasta 4 años, sino a esta específica de la regla de dos meses para un activo en concreto).

En el ejemplo de Carlipepe, ahora no puede deducir la pérdida (queda suspendida), pero en el momento que venda todo si la puede deducir. Si vende todo el 1 de diciembre, y recompra el 2 de febrero pues no tiene que andar haciendo cálculos ya que han pasado más de dos meses. Y si no vende más este año, y las vende el año que viene, pues en esa declaración podrá deducir la pérdida sobre esos 1000 títulos.

saludos. 
#15

Re: Regla de los 2 meses

Efectivamente , hya una casilla para informar a hacienda de que has recomprado pero las perdidas siguen sin poder compensarse, en el caso que se ha expuesto serían 200€ pq has recomprado antes de los 2 meses famosos  pero ni este año ni el ss ni arrastra ninguna pérdida pero bueno si tu lo ves de otra manera pues hazlo cómo veas pero la regla es clara....Saludos