Re: Pulso de Mercado: Intradía
Si.
Si.
El año fiscal no interrumpe la regla de los 2 meses.
No sé como sería lo de comprar con otro dinero que dice David, igual se refiere a que los compre la parienta si tiene separación de bienes.
Sult hay un hilo en el apartado fiscal que lo explican muy bien. Regla de los 2 meses.
Mínimo de REE y en contra nuevo MAPximo
Me refiero a q antes de vender mis 500,acciones de tef con perdidas lo q hago es comprar otras 500 y una vez tenga 1000 acciones vendo las primeras 500 en perdidas y así me descuento la perdida y sigo con mis 500 acciones iniciales.
Eso es correcto no?
Si lo tengo leido... no me quedaba claro lo de vender en Diciembre.. cuando haga la declaracion verian si he aguantado 2 meses ( Enero y Febrero sin comprar) para poder compensar las minusvalias con las plusvalias.
Lee bien el hilo, yo entiendo que es erróneo:
Las derivadas de las transmisiones de valores o participaciones admitidos a negociación en alguno de los mercados secundarios oficiales de valores definidos en la Directiva 2004/39/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 21 de abril de 2004 relativa a los mercados de instrumentos financieros, cuando el contribuyente hubiera adquirido valores homogéneos dentro de los dos meses anteriores o posteriores a dichas transmisiones.
Solo se que no se nada.
Creo que no te vale, repasar bien el post de compensación que han puesto;
Las derivadas de las transmisiones de valores o participaciones admitidos a negociación en alguno de los mercados secundarios oficiales de valores definidos en la Directiva 2004/39/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 21 de abril de 2004 relativa a los mercados de instrumentos financieros, cuando el contribuyente hubiera adquirido valores homogéneos dentro de los dos meses anteriores o posteriores a dichas transmisiones.
Solo se que no se nada.
Sult26, correcto lo que dices, te podrían comprobar los meses de Enero y Febrero.
David no se puede hacer lo que dices ya que lo que dice la ley es que hasta que no vendas definitivamente las segundas 500 que compras, no puedes aplicarte la minusvalía.
Y venderlas definitivamente es que las vendas y estes 2 meses sin volver a comprarlas.
Es decir las que bloquean son las segundas que compras y las que hay que vender definirivamente.
Todo bastante lioso y no creo que en la Aeat estén tan al detalle en estas cosas, vamos eso creo yo.Hasta la fecha no he oido de ningun caso.
seuo.