Hecho Relevante:
La Propuesta de Modificación del Convenio se fundamenta en un Plan de Viabilidad y de
Pagos que contempla dos alternativas para los acreedores:
a) Propuesta de pago
Acreedores con privilegio: Se propone a los acreedores con privilegio que voten a
favor o se adhieran a la Propuesta de Modificación del Convenio, la aplicación de una
quita del 70 por 100 y el cobro de sus créditos en dos pagos iguales durante los meses
36 y 48 a partir de la fecha de firmeza de la sentencia que en su caso apruebe la
Modificación del Convenio.
Acreedores ordinarios: Se propone a los acreedores ordinarios el cobro de la totalidad
de sus créditos, esto es, sin quita, a razón del 10 por 100 en los meses 60 y 72, del 15
por 100 en los meses 84 y 96 y del 25 por 100 en los meses 108 y 120.
Acreedores subordinados: cobro de la totalidad de sus créditos, esto es, sin quita, en
un solo pago en el mes 120.
b) Propuesta de capitalización
Como alternativa al Plan de Pagos anteriormente expuesto, se ofrece a todos los
acreedores de la Sociedad la capitalización, total o parcial de su crédito.
2
Adicionalmente, la Propuesta de Modificación del Convenio contempla la ejecución una
operación corporativa consistente en una ampliación de capital por dos vías: (i) mediante
aportación no dineraria de un importante lote de activos inmobiliarios, y (ii) mediante
capitalización de créditos contra la masa.
A este respecto, conviene aclarar que la Sociedad informó en la anteriormente citada
Información Privilegiada publicada el pasado 30 de junio de 2020, de la posibilidad de que la
Propuesta de Modificación del Convenio contuviera una reducción de capital mediante
disminución del valor nominal de las acciones junto con una ampliación de capital (que no
“operación acordeón” como infundadamente han venido señalando determinadas noticias
aparecidas en medios digitales, pues nunca se indicó ni contempló por la Sociedad que el valor
nominal se fuera a reducir a cero). Finalmente, la Sociedad ha descartado recurrir a dicha
reducción de capital en el marco de la Propuesta de Modificación del Convenio.