Entiendo que sí, que puedes venderlas bajo ciertas circunstancias, creo que las siguientes:
- Hacer la venta a través de notario puesto que no cotizan.
- Acordar precio de venta con aquel que las adquiera.
Y, lo más complicado de todo: encontrar un comprador que esté dispuesto a pagar por ellas. A veces los hay. No obstante, supongo que la sociedad estará inmersa en administración concursal o con administración judicial hasta que se decrete la liquidación de la sociedad y se vayan pagando las deudas en la medida de lo posible y en el orden legal establecido, así que, como sucede siempre en estos casos, los accionistas, con toda certeza, no vean un euro en la liquidación.
Al final del proceso, es decir, cuando se disuelva judicialmente la sociedad una vez liquidada, tienes la opción de solicitar a tu bróker la renuncia a los títulos (hay escritos para ello) a fin de no seguir pagando la custodia de valores.
Suerte en el proceso.
Suerte a todos.
no desaparece lo que muere, desaparece lo que se olvida