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Alguien me ayuda porfavor ?

17 respuestas
Alguien me ayuda porfavor ?
Alguien me ayuda porfavor ?
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#1

Alguien me ayuda porfavor ?

Ayuda con mis Ganancias porfavor.
Alguien me podria ayudar en como hacer un calculo de mis ganancias en todo el año ?

Saldo inicial - 0

Ingresos -- 10.908
Retiradas -- 13.388
Apuestas -- -41.144
Ganancias -- 43.719
Bonificaciones otorgadas -- 45,00

Saldo final - 0

No se cual seria el calculo correcto para la declaracion de 2018 si alguien puede echarme un vistazo seria de mucho valor ! Muchas gracias de antemano

#2

Re: Alguien me ayuda porfavor ?

Un consejillo....

Pide directamente a la casa con la que apuestas un certificado para la renta..... si no te lo dan no la hagas.

No tengo nada claro que las apuestas entren dentro de la obligación a declarar.

El impuesto sobre el juego es un disparate jurídico que no tiene ninguna justificación lógica. En casi todos los paises civilizados lo han eliminado cuando un jugador a tenido los huevos y el dinero para demandar al estado. Hay una cosa bastante clara, si tienes que pagar cuando ganas puedes deducirte las perdidas.................. y como el 80% de la gente pierde ningún estado quiere entrar en polémica..

#3

Re: Alguien me ayuda porfavor ?

No sé si te voy a dar un disgusto, pero creo, si no lo han cambiado, que en temas de apuestas tipo poker y demás online (creo que ese es tu caso, de lo contrario nos lo especificas), no se compensan pérdidas con ganancias.

 

Si esto es así y no ha cambiado, te veo declarando como beneficios del juego eso que pones, 43.719 euros del ala. A eso aplícale la escala del 40 y algo por ciento (al 40% te saldría la "broma" de 17.487,60 euros).

 

Hace ya meses - de ahí eso de si no lo han cambiado- leí algo de una chica de una ciudad maña que tenía como ganacias un millón y pico de euros, pero también tenía pérdidas por una cantidad similar. No obstante, hacienda le reclamaba por el millón y pico de ganancias obtenido ya que, como te pongo al principio, en ese campo solo computan las ganancias obtenidas sin compensar las pérdidas.

 

Búscate una asesoría fiscal y que te orienten, porque, también salvo error, las casas de juego online tienen obligación de facilitar los datos de ganancias superiores a 30 euros (esto creo que lo leí en la noticia de la chica esta que te digo).

 

Suerte a todos.

no desaparece lo que muere, desaparece lo que se olvida

#4

Re: Alguien me ayuda porfavor ?

El menda, en el caso del forero "no pasaría" de hacer el IRPF, porque, si es como digo y creo haberlo leído por ahí, las casas online tienen obligación de pasar listados con los clientes con beneficios superiores a 30 euros.

 

Es más, como he puesto, no hay, como en bolsa, posibilidad de compensar ganancias con pérdidas, así que tributas solo por las apuestas en las que tengas ganancias y se van sumando a lo largo del año.

 

Si es como digo -que recuerdo haberlo leído- y la empresa online pasa el listado, el crujido de hacienda puede ser de campeonato... no me la jugaría, la verdad.

 

En cuanto al sistema fiscal... bueno, ahí tienes la resolución esa sobre bienes en el extranjero que va contra la libre circulación de capitales... y la siguen aplicando...

 

Todo es que, o pagas, o te metes en un proceso de coste y de duración amplio, y lo saben.

 

Suerte a todos.

no desaparece lo que muere, desaparece lo que se olvida

#5

Re: Alguien me ayuda porfavor ?

Se compensan las pérdidas de juego hasta el limite de las ganancias que hayas obtenido:

Artículo 33 Concepto

1. Son ganancias y pérdidas patrimoniales las variaciones en el valor del patrimonio del contribuyente que se pongan de manifiesto con ocasión de cualquier alteración en la composición de aquél, salvo que por esta Ley se califiquen como rendimientos.

(...)

5. No se computarán como pérdidas patrimoniales las siguientes:

(...)

d) Las debidas a pérdidas en el juego obtenidas en el período impositivo que excedan de las ganancias obtenidas en el juego en el mismo período.

En ningún caso se computarán las pérdidas derivadas de la participación en los juegos a los que se refiere la disposición adicional trigésima tercera de esta Ley.

.Fuente. Ley Impuesto Renta Personas Físicas.

Un saludo.

#6

Re: Alguien me ayuda porfavor ?

Sabrias que tendria que calcular exactamente ?

#7

Re: Alguien me ayuda porfavor ?

Tienes que calcular lo que has ganado y perdido en el periodo de 01.01.18 hasta 31.12.18.

Si el saldo es positivo (has tenido más ganancias que pérdidas), esa es la cantidad por la que tienes que tributar.

Si el saldo es negativo (has tenido más pérdidas que ganancias), el rendimiento es cero.

Que hayas hecho ingresos y retiradas en la cuenta de apuestas, no te influye para nada.

Un saludo.

#8

Re: Alguien me ayuda porfavor ?

Si te paso mi historial de todo el año sabrias hacerme el calculo ? es que no tengo ni idea a verdad

#9

Re: Alguien me ayuda porfavor ?

Mira tu comentario número 1.

Si dices que las ganancias han sido de 43.000 euros y las pérdidas de 41.000 euros, lo que tienes que hacer es restar.

Un saludo.

#10

Re: Alguien me ayuda porfavor ?

Muchas gracias ! Tambien tengo entendido que tengo que hacer esta suma con las ganancias de todas las casas de apuestas que tenga no ?

#11

Re: Alguien me ayuda porfavor ?

Efectivamente lo tienes que hacer de forma global tanto las ganancias como las pérdidas en cuanto la juego se refiere.

Un saludo.

#12

Re: Alguien me ayuda porfavor ?

Buenas Muabdi..... ;)

No se compensan perdidas porque vivimos en país de gilipollas y nadie ha demandado todavía al estado...que la ley diga que solo se puede compensar perdidas hasta el límite de las ganancias es un absurdo....

En UK hubo un caso sonadísimo hace unos años cuando gravaron el impuesto sobre el juego y un jugador de poquer profesional demandó al gobierno para deducirse las perdidas....

Fue un tema muy comentado y creo jurisprudencia sobre este asunto, como tantos otros si esto se lleva a Europa se gana. Pero intentar encontar lógica a la actuación de Hacienda.....

De manera honesta, yo comprobaría el borrador si vienen los datos solucionado. En segundo lugar pediría el certificado, si me lo dan declararía y "si no vienen los datos y la casa no me da el certificado no declararia...." Es una cantidad realmente pequeña (2000€ de base imponible) y a veces no es bueno cambiar borradores por esas cantidades, es contraproducente.

#13

Re: Alguien me ayuda porfavor ?

Sinceramente, no le "doy" al juego online... así que desconozco en exactitud la tributación.

 

Lo que leí en su día, que lo he puesto, es que una chica de Zaragoza, había ido ganando -y perdiendo- pequeñas cantidades en un juego online. Al final, la diferencia entre pérdidas y ganancias creo recordar que eran algo así como 3.000 euros en positivo. No obstante, hacienda le reclamaba solo por las ganancias, algo así como un millón y pico de euros, salió en toda la prensa:

 

Lo acabo de buscar, ahí va un enlace al asunto:

 

https://blog.bankinter.com/economia/-/noticia/2016/5/23/hacienda-multa-jugadores-online-aunque-hayan-perdido-dinero

 

En fin, parece que, a partir de cierta fecha, sí se pueden deducir las pérdidas según se desprende de eso, como digo, no lo sigo.

 

Al forero le toca buscarse a un fiscalista.

 

Suerte a todos.

no desaparece lo que muere, desaparece lo que se olvida

#14

Re: Alguien me ayuda porfavor ?

Hombre, a mí, con hacienda, me gusta correr los riesgos justos.

 

He puesto un enlace sobre el tema, parece que sí se pueden deducir las pérdidas desde hace un tiempo.

 

En una ocasión, el fiscalista, me propuso hacer el IRPF de cierta manera. Entre hacerlo así y hacerlo de una forma en la cual no habría ningún tipo de problema, creo recordar que tenía una diferencia de 90 euros. Así que opté por la forma en la cual no me marearan, porque al final, vale más el mareo que unos pocos euros.

 

En otra ocasión, el fiscalista me incluyo en renta, como gastos, el importe que, automáticamente, tenía que ingresar como impuesto de patrimonio... eso, si haces la declaración en hacienda, no te lo hacen...

 

Y, con todas y con esas, aún tengo algún recurso en el TEAR, que también funcionan la mar de bien, hace como dos años y medio que lo presenté y aún no se nada (creo que tienen un año para dictar resoluciones).

 

En fin, siempre es bueno no tener "puntos flacos" por los que te puedan venir problemas... y, aún así, alguno aparece.

 

Suerte a todos.

no desaparece lo que muere, desaparece lo que se olvida

#15

Re: Alguien me ayuda porfavor ?

En el enlace que has incluido en tu comentario, pone la fecha del cambio de la normativa: 01.01.12.

Un saludo.

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