Buenas. Después de estar un tiempo alejado de los mercados financieros, he vuelto a realizar inversiones en
eToro, y encontré esta conversación sobre cuándo se debería cumplimentar el D6 con posiciones abiertas en eToro.
Después de revisar vuestras respuestas y la plataforma de eToro, llego a las siguientes conclusiones:
- Cuando se habla de activo subyacente, se está comprando la acción (o fondo de inversión, que también habría que declararlo) a nuestro nombre, aunque no tengamos otros derechos sobre dicha acción, como sería el derecho a voto. Eso sí, no dejará traspasar esa acción a otro broker o gestor, porque no se comporta al 100% como una acción, posiblemente por una limitación impuesta por eToro.
- Sólo hay un caso de compra de activo subyacente, cuando se cumplen estas dos condiciones: no se compra con apalancamiento (X1), y cuando entramos en el detalle del instrumento, su nombre no finaliza con la palabra CFD. Aparecerá un aviso antes de comprar de que se está comprando un activo subyacente.
- En cuanto compramos con apalancamiento, o compramos una posición en corto (Vender), se convierte automáticamente en CFD aunque el activo no lo sea de origen, y así se indicará en la ventana de compra. Pero en esos casos sí tendrá comisión diaria y/o de fin de semana.
- Un CFD, como derivado que es, no es necesario de declarar, y así se indica en todos los artículos que he leído sobre la declaración D6.
- Cualquier activo subyacente que ya se posea, si no se quiere realizar la declaración, tendrá que estar cerrada su posición antes del 31 de diciembre.
Espero que ésto aclare algunas dudas, y sea de utilidad para más personas. No obstante, si creéis que me equivoco en alguna de mis afirmaciones, agradezco vuestras aportaciones.
Saludos.