Buenos días.
No controlo mucho el tema de la OPA, pero por lo que he mirado hay dos posibles opciones.
Primera. Si el porcentaje de capital que tienen es superior al 90%, en este caso se aplica el art 47 "
Artículo 47. Condiciones para las compraventas forzosas.
1. Quien hubiera formulado una oferta pública dirigida a la totalidad de los valores podrá, una vez liquidada la oferta, exigir a los restantes titulares de acciones u otros valores afectados por la oferta su venta forzosa a un precio equitativo. De igual forma, cualquiera de los titulares podrá exigir del oferente que le compre la totalidad de sus valores a dicho precio.
Los derechos citados quedarán condicionados a que en la fecha de liquidación de la oferta, se den las dos circunstancias siguientes:
a) Que el oferente sea titular de valores que representen al menos el 90 por 100 del capital con derecho de voto de la sociedad afectada.
b) Que la oferta pública previa hubiera sido aceptada por titulares de valores que representen al menos el 90 por 100 de los derechos de voto a los que se hubiera dirigido.
2. Se considerará precio equitativo el correspondiente a la contraprestación de la oferta pública.
segunda: Que el porcentaje sea superior al 75%, pero menor al 90%, en este caso aplica el art 11 .d
Artículo 11. Excepciones a la oferta pública de exclusión.
No será precisa una oferta de exclusión en los siguientes supuestos:
d) Cuando se hubiera realizado con anterioridad una oferta pública de adquisición por la totalidad del capital de la sociedad afectada en la que se hubiera manifestado la intención de excluir las acciones de negociación y, además, se justifique el precio, según lo previsto en los apartados 5 y 6 del artículo 10 mediante un informe de valoración, y se facilite la venta de la totalidad de los valores mediante una orden de compra de dichos valores, al mismo precio que el de la oferta previa, durante al menos un mes en el semestre posterior a la finalización de la oferta precedente
Entonces yo entiendo que en cualquiera de ambos casos, en caso de no aceptar, todavía quedaría otra opción de salir antes de quedarnos con ellas indefinidamente fuera de bolsa.
Yo en principio no quiero vender. ¿vosotros , que controlais más, lo veis de la misma forma ?
un saludo