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Compensar pérdidas

7 respuestas
Compensar pérdidas
Compensar pérdidas
#1

Compensar pérdidas

Saludos,

Os expongo mi caso con la duda de si habré elegido el foro adecuado ya que me debato entre éste y el de fiscalidad.
La cuestión es la siguiente:
-Dispongo de un paquete de acciones del Santander, depositadas en el mismo banco, fruto de múltiples compras (las primeras en 2008)y cuyo precio medio de compra es 11.50
- En Lacaixa he comprado y vendido durante este año acciones también del Santander que me han dado algunas plusvalías por las que obviamente tendré que tributar.

Mi pretensión es vender parte de las que tengo en el Santander para compensar esa pérdida con los beneficios de este año pero resulta que las minusvalías tendrían más de 2 años y las plusvalías menos de 1 ¿A efectos fiscales se compensan igualmente?

Y otra pregunta ¿considerais acertado mi planteamiento? ¿Debería tributar por las plusvalías obtenidas este año sin tocar lo comprado hace 2 años?

Una vez, en un momento preocupante para mi, cuando tenía Participaciones Preferentes he recibido sabios consejos de este foro que me ayudaron a recuperar mi inversión por lo que os tengo en la máxima consideración y estoy segura que esta vez será igual.
Un abrazo.

#2

Re: Compensar pérdidas

Existe la posibilidad de compensar pérdidas si se venden acciones a un precio inferior al de adquisición. En el caso de que las acciones se conservaran durante un plazo inferior a un año, la pérdida o minusvalía puede compensarse con otras plusvalías a lo largo de los cuatro años siguientes. Si no existen plusvalías para compensar, puede hacerse contra los rendimientos de trabajo, con el límite del 10% de éstos.

Un saludo.

#3

Re: Compensar pérdidas

No soy fiscalista, pero creo que andas bastante confundida con el tema de la tributación de las acciones.

Actualmente se compensa todo lo que sean minusvalías, siempre que no recompres valores homogéneos dentro de los dos meses anteriores o posteriores a la venta.

Pero éste no es el error más 'gordo' sobre lo que comentas, si me permites la expresión. El hecho de que tengas varias cuentas de valores, tengo entendido que no afecta a Hacienda. Hacienda se basa en el método FIFO (first in, first out) a la hora de computar las plusvalías o minusvalías, de manera que, si yo compro unas acciones en 2008 (en el banco X), luego otras en 2009 (en el banco Y) y luego vendo parte de las acciones del banco Y, de cara a Hacienda, las que he vendido tienen la antigüedad de las de 2008 (al margen de donde estén depositadas).

Espero que alguien corrobore esto que digo.

Saludos.

#4

Re: Compensar pérdidas

Si, esto ya lo he oido por varios sitios, y creo que es, efectivamente, como tú comentas.

En tu ejemplo, has vendido las del banco Y pero hacienda te dicen que son del 2008, por lo tanto verá valor de compra y venta (2008-2009) y te aplicará la plusvalía, si procede. Mejor dicho tendrás que aplicarla tú en tu irpf.

Salvo mejor opinión.

Método, disciplina y tiempo

#5

Re: Compensar pérdidas

Gracias a ámbos,

Pues entonces según el metodo Fifo el año pasado, que tuve una situación similar a éste, estuve declarando plusvalías cuando en realidad deberían ser minusvalías. Y los de hacienda no dijeron nada los muy cucos... claro, así he pagado más de lo que debería.

En fin, ahora ya es tarde. Gracias de nuevo.

#6

Re: Compensar pérdidas

Ja!, compañero, hacienda no dice ni mu cuando el error es en tu contra. Salvo que alguien me diga lo contrario, en la vida he visto una paralela a favor del contribuyente, al menos que yo sepa.

Ojo!, si son 4 duros puedes dejarlo pasar, si es una cantidad razonable creo que hay un procedimiento para recuperar esa pasta. Te lo comento por si acaso.

Salu2

Método, disciplina y tiempo

#8

Re: Compensar pérdidas

Tendré que hacer mis cálculos, aunque no creo que sea gran cosa porque el año pasado moví poco en bolsa.
De todas formas estoy casi decidida a vender todo aún asumiendo pérdidas y empezar de cero ahora que sé lo del método FIFO.
Una vez más, he aprendido cosas nuevas en este foro. Seguid asi.