Condena por cancelación de vuelo a Iberia
13:13 IBERIA
El juzgado de lo mercantil número uno de Palma ha condenado a la compañía a pagar 250 euros a una familia como compensación por la cancelación de un vuelo Palma-Valladolid, pero ha rechazado la indemnización añadida de 640 euros que exigían los demandantes por los daños morales causados a un bebé por esta decisión injustificada de la aerolínea. Los hechos sucedieron el pasado 30 de julio de 2005, cuando esta familia, compuesta por cinco miembros (uno de ellos un bebé de dos meses), iban a viajar en un vuelo de Iberia de Palma a Valladolid, pero se canceló el vuelo alegando la aerolínea una decisión de AENA por saturación del tráfico aéreo.
Aunque la cantidad es irrisoria ( no sé de dónde saldrá esa cantidad, porque no creo que sea en aplicación de los importes indemnizatorios establecidos en los Convenio Europeo sobre cancelación de vuelos, debido a que estamos hablando de que el viaje lo iban a realizar 5 personas y daría 50 euros por persona ), es importante que se vayan produciendo sentencias de este tipo para que las compañías aéreas tengan claro que deben prestar un correcto servicio y que, si no, deben responder automáticamente, sin obligar al usuario a acudir a la vía judicial, y para que los usuarios tengamos claro que debemos defender nuestros derechos y debemos reclamar.
Eso sí, es difícil acreditar el daño moral. Sí que es más sencillo reclamar los gastos derivados de la cancelación, suspensión, retrasó en el vuelo, pérdida de equipaje ( ropa nueva, hoteles, transporte, llamadas telefónicas... ).
La concienciación y voluntad de las compañías de solucionar estos problemas hoy en día es casi "invisible".
Un cordial saludo.
Txipiron.