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Mapfre:Opiniones

46 respuestas
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#9

Re: Mapfre:Opiniones

Esto depende de cuanto estés cobrando o vayas a cobrar de dividendo.

Si es menos que 1500€ al año no hay retención.

#10

Re: Mapfre:Opiniones

Déjame que lo dude. Cada dividendo que cobro viene con su retención aplicada religiosamente. Es a la hora de declarar, en el IRPF del año que viene, donde me devuelven la retención a cuenta. Creo yo.

Saludos.

#11

Re: Mapfre:Opiniones

A ver, no nos equivoquemos.

Un dividendo es una renta, y como tal, tiene su retención. Otra cosa son los 1500 euros libres, que además te incluirían las posibles plusvalías de la compraventa.

#12

Re: Mapfre:Opiniones

Yo la tengo en cartera, y hace ya mucho que quiero añadir posiciones. Pero, aparte del panorama general, me frena el hecho de no saber a ciencia cierta si está muy posicionada en deuda soberana. He estado buscando un hilo en el que lo comentábamos, pero no lo encuentro :(

#13

Re: Mapfre:Opiniones

Estos 1500 son dividendos y plusvalías de compraventa?? Pensaba que era solo dividendos.

#14

Re: Mapfre:Opiniones

Por eso mucha gente vende para "realizar" pérdidas y luego recompra. El hipotético caso de que has ganado 1600 euros en compraventas durante el año, pero tiene una en cartera palmando 200 euros, pues la vendes para materializar las pérdidas, y las vuelves a comprar después. Entonces estarías en 1400 de ganancia y no tributarías por ello. Pero yo tampoco soy ningún experto...

un saludo

#15

Re: Mapfre:Opiniones

A ver si me sale bien. Los dividendos se reparten y se les aplica la retención correspondiente (19%). Luego, a la hora de declarar en el IRPF, sobre los primeros 1.500 euros te devolverán lo retenido, y sobre los siguientes, lo retenido son pagos a cuenta.

En este hilo lo explican mejor:
https://www.rankia.com/foros/fiscalidad/temas/600215-fiscalidad-dividendos

Saludos.

#16

Re: Mapfre:Opiniones

Creo que te equivocas. Lo de los 1.500 euros es sólo para dividendos, y además tienen que estar en cartera 2 meses. La materialización de minusvalías para compensar también tiene que tener en cuenta lo de los dos meses (no se pueden recomprar al día siguiente), pero en este caso, no tienen nada que ver con los 1.500 exentos de los dividendos.

No tienes más que fijarte en la declaración: uno son rentas del capital mobiliario y lo otro son ganancias/pérdidas patrimoniales.