A ver si me pongo las pilas y recupero algo. Tengo varias alemanas en cartera.
Mirando la web de Hacienda española he encontrado esto
http://www.agenciatributaria.es/static_files/AEAT/Contenidos_Comunes/La_Agencia_Tributaria/Segmentos_Usuarios/Ciudadanos/Rentas_obtenidas_en_el_extranjero/Alemania.pdf
en la página 3, ganancias patrimoniales dice sobre la enajenación:
"Derivadas de acciones o participaciones en sociedades cuyos activos consistan al menos en un 50 por ciento, de forma directa o indirecta, en bienes inmuebles, o que otorguen, directa o indirectamente, el derecho de disfrute de inmuebles, si los inmuebles están situados en Alemania (artículo 13.2 y 13.3 CDI): las ganancias derivadas de la enajenación de esas acciones o participaciones pueden someterse a tributación tanto en España como en Alemania. El contribuyente tiene derecho a aplicar en España en el IRPF la deducción por doble imposición internacional"
Nunca he vendido acciones de las que tengo compradas en el extranjero y me ha surgido la duda. ¿Cuándo las vendes te retienen en origen alguna parte de la posible plusvalia?