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Regla de los 2 meses

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Regla de los 2 meses
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Regla de los 2 meses
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#16

Re: Regla de los 2 meses

Buenas, 

si, creo que es así, encontré una consulta vinculante https://www.supercontable.com/informacion/impuesto_renta_IRPF/Consulta_Vinculante_V3282-18.Compra_y_venta_de_.html

se pueden deducir en el futuro " a medida que se transmitan los valores o participaciones"

 5. No se computarán como pérdidas patrimoniales las siguientes:

    f) Las derivadas de las transmisiones de valores o participaciones admitidos a negociación en alguno de los mercados secundarios oficiales de valores definidos en la Directiva 2004/39/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 21 de abril de 2004 relativa a los mercados de instrumentos financieros, cuando el contribuyente hubiera adquirido valores homogéneos dentro de los dos meses anteriores o posteriores a dichas transmisiones.

(...).

    En los casos previstos en los párrafos f) y g) anteriores, las pérdidas patrimoniales se integrarán a medida que se transmitan los valores o participaciones que permanezcan en el patrimonio del contribuyente.". 

De todos modos, es un desastre tanta burocracia con tan poco sentido...

Saludos
#17

Re: Regla de los 2 meses

Mejor miremos la Resolución Vinculante de Dirección General de Tributos, V0913-08 de 07 de Mayo de 2008,q tiene muchos ejemplos.Salvo mejor opinión pienso q siempre q vendas todo lo q compraste en el ejercicio te puedes compensar todo y puedes pasar de contar meses adelante y atrás.
#18

Re: Regla de los 2 meses

Yo para no tener problemas o bien nunca vendo con pérdidas (xd) o bien vendo todo lo q he ido comprando a la vez, sin importarme cuánto hace de la última operación ni las ventas y compras intermedias realizadas. Eso sí, cuando lo venda todo no puedo volver a comprar en dos meses. Si lo hiciera, no pasa nada,cuando venda esto último comprado compensaré. 
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