en efecto, hay un gran malentendido con la legitimidad del sistema penal y penitenciario.
Al nivel de los derechos humanos (en cuya regulación constitucional es donde debería estar la legimitimidad para la pena de prisión), tenemos la única integración del artículo 25 de la Constitución Española, que solamente pone supuestamente cosas positivas, o sea, que no dice nada de "se permite que el estado interne a las personas en la cárcel" (aprovechándose los que escriben normas para decir que ellos sí pueden decir que está permitido que la gente vaya a la cárcel aunque la constitución no diga que se puede meter gente en la cárcel, porque el artículo 81.1 de la constitución dice que son leyes orgánicas las relativas al desarrollo de los derechos fundamentales; y que el artículo 53.2 de la constitución dice que sólo por ley, que en cualquier caso ha de respetar el contenido esencial de los derechos, podrán desarrollarse normativamente los derechos del título 1º de la constitución), ni tampoco se dice en ningún sitio a nivel de derechos humanos que sea mínimamente legítimo que nos tengan atemorizados a ciertas clases de personas que pensamos, con las noticias reiterativas sobre penas de prisión y detenciones y miserias
¡no a la pena de cárcel!, entrada en juego del derecho procesal civil no fustigador ni vengativo
¡ayuda a los que hacen cosas ilegales para que puedan vivir tan yupi como los que dicen: señores, trabajen coño, pero desde sus sillones pagados por nuestras retenciones
saludos