Re: GOWEX
Fiscalmente tengo entendido que deben transcurrir 2 meses antes o después de la venta sin hacer compraventas en ese valor
Fiscalmente tengo entendido que deben transcurrir 2 meses antes o después de la venta sin hacer compraventas en ese valor
Hola Helm,
en cuanto a la referencia que haces a esos ratios ¿Sobre que datos los has estimado tanto el beneficio como el flujo de caja libre?
Pues para no seguir Gowex, el segundo no es un dato al alcance de cualquiera, en cuanto a su calculo. A parte que no es correcto.
Un saludo
Es sencillo Billshares (uhm casi me copias ;-):
En caso que hayas tenido minusvalías y quieras compensarlas con otras ganancias de ese mismo valor, debe pasar al menos 2 meses entre la venta (con perdidas) y la compra siguiente, en la que si tienes beneficios en el momento de vender podrás beneficiarte. Pues de no ser así no te podrías compensar. Si no dejaste 2 meses entre la venta y la compra, tendrás entonces que aguantar la ultima compra al menos 2 meses para poder compensarte. Espero no haberte liado.
Si es el mismo valor pero no ha habido minusvalías dará lo mismo. Pues la ganancias no podrán reducirse al no haber perdidas.
Si es de distintos valores da exactamente igual.
Un saludo
En resumen, tiene que haber un lapso por delante y por detrás de las compraventas de un mismo valor de al menos 2 meses.
Lo he sacado de Morningstar, dividiendo la capitalización por el flujo libre TTM http://quotes.morningstar.com/stock/s?t=ALGOW®ion=FRA&culture=en-US Un saludo
Gracias a Balta, Aguaserena y pariente Share por vuestras aclaraciones. La acción que quiero vender con plusvalías para comprar mas tarde un poco más barata, no tiene nada que ver con las acciones que ya he vendido y que han tenido minusvalías, por lo que según la explicacion de shares entiendo que no tengo problema para volver a comprar dos meses después de haber vendido con plusvalías.
Es tal cual te comenta SHARE para 1 valor determinado, si operaras únicamente con ese valor. De lo contrario, las veces que quieras.
Tu puedes comprar y vender tantas veces como quieras en los plazos de tiempo que quieras, el problema es como tributa...
Para Compra/Venta en periodos inferiores a un año tienes una retención distinta que para Compra/Venta en periodos superiores a un año (Mayor retención para el caso de compra/venta en periodo inferior a un año, y además depende de la comunidad autonoma... que en algunos casos creo puede llegar al 52% el tipo) mientras que en periodos de mas de un año tributarias a 21% 24% 27% segun escala
La retención se aplicará a la plusvalia de la operación y tienes que declararlo a papa hacienda.
Te dejo este enlace...
Ahí viene muy bien explicado, la medida entro en vigor en 2013 para evitar abusos en posiciones cortas aumentando la tributación de beneficios.
Buenas Javier y bienvenido! nos vemos el 5 de Diciembre. Tenemos que preparar uno similar en Barcelona, yo me postulo para montarlo gratuitamente!