No, es bastante sencillo. Mira, volviendo al ejemplo, tú en 2012 se supone que vuelves a hacer operaciones. Pueden pasar dos cosas:
1) que el resultado (hallado como hemos hecho arriba) dé ganancias;
2) que el resultado dé pérdidas.
En el caso 1) tendrás los 500 euros de 2011 para compensar ganancias, de manera que:
- si ganas más de 500 eur lo compensarás todo y la diferencia positiva pagará impuestos
- si ganas menos de 500 eur, compensarás todo y aún te quedará un resto para compensar en años siguientes (ahora sólo quedarán tres años compensables).
En el caso 2) las pérdidas tendrán 4 años para compensar futuras ganancias. Ahora tendrías los 500 euros (a los que le quedarán sólo 3 años para poder compensar) y las nuevas pérdidas (la cantidad que sea) a las que les quedarán 4 años para compensar.
En el momento en que pase el tiempo posible para compensar (los 4 años) pierdes este derecho (¡¡¡pero no pagas ningún impuesto sobre la cantidad perdida: las pérdidas no pagan impuestos!!!).
¿Más claro?
Saludos.