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La revision del coche en el concesionario oficial

36 respuestas
La revision del coche en el concesionario oficial
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La revision del coche en el concesionario oficial
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#33

Re: La revision del coche en el concesionario oficial

Bueno no es eso exáctamente. La garantia oficial es de 2 años y creo que puedes hacer las revisiones donde quieras, fuera del servicio oficial, sin perder la garantia.

Pero el Ford protect life es una extensión de garantia... en realidad una especie de seguro: "tu me pagas tanto y yo a cambio te cubriré algunas reparaciones de acuerdo con estos pactos: a b c d...".... O sea, que se firma un contrato, y en ese contrato dice que las revisiones durante el tiempo de extension de garantia las revisiones se deben hacer en servicio oficial. El tema es que el comercial no hizo incapié en esto (en caso que me lo hubiese explicado, cosa que no recuerdo con certeza). Por tanto, no hay lugar a reclamación.

#35

Re: La revision del coche en el concesionario oficial

Yo no voy a comentar mi experiencia personal, solo me limitaré a dar la visión legal a tu pregunta:

REGLAMENTO (CE) No 1400/2002 DE LA COMISIÓN de 31 de julio de 2002 relativo a la aplicación del apartado 3 del artículo 81 del Tratado CE a determinadas categorías de acuerdos verticales y prácticas concertadas en el sector de los vehículos de motor

REGLAMENTO (UE) No 461/2010 DE LA COMISIÓN de 27 de mayo de 2010 relativo a la aplicación del artículo 101, apartado 3, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a determinadas categorías de acuerdos verticales y prácticas concertadas en el sector de los vehículos de motor

En resumen, en estas leyes europeas vienen a establecer:

• La Comisión Europea, a fecha de 31 de Julio de 2002, publicó el Reglamento 1400/2002. Uno de los objetivos de dicho reglamento es impedir el monopolio de los concesionarios oficiales en lo referente a las revisiones de los vehículos dentro del periodo de garantía oficial del fabricante.

• Con el fin de asegurar la libre competencia dentro del sector de la reparación, mantenimiento y suministro de piezas de recambio para automóviles, el Reglamento 1400/2002 establece que el consumidor es libre de acudir a cualquier taller, ya sea oficial o independiente, para realizar las revisiones oportunas en su vehículo.

• El usuario no perderá la garantía oficial del fabricante por no pasar las revisiones en un taller oficial de la marca. No obstante, sí será motivo de pérdida de garantía oficial del fabricante la realización de una reparación defectuosa, por parte de un taller independiente.

• En lo concerniente a los recambios, el consumidor podrá emplear cualquier recambio en sus revisiones siempre y cuando respete las exigencias establecidas por el fabricante, pero éste no podrá exigir la utilización de un recambio de una marca determinada como requisito para conservar la garantía oficial del vehículo.

El Reglamento de la Comisión Europea n.º 461/2010, que refuerza, de forma efectiva, la libre competencia en el mercado del mantenimiento de automóviles en todos los países de la Unión Europea. Este texto aporta dos importantes avances a favor del consumidor:

• Garantiza la libre elección del taller de automóviles en lo que respecta al mantenimiento del vehículo. Aun cuando el coche se encuentre dentro del periodo de garantía

• Obliga a los fabricantes a facilitar a los profesionales que intervienen en la reparación de automóviles, la totalidad de las características de los vehículos, de los proveedores y de las piezas necesarias para la reparación.

El único punto que hay que tener cuidado es que SÍ estarás obligado en hacer las revisiones en un taller y no sería valido el hacerte tú mismo la revisión del vehículo, por no poder certificar de ninguna forma que has seguido fielmente las recomendaciones del fabricante, pero esto que digo es una interpretación personal de la ley. Por cierto esto que comento NO aplica a las motos por una interpretación curiosa de la ley.

Queda claro ?, si no lo está es mejor leerse la ley de arriba abajo ya que en caso de conflicto con un taller prevalecerá la ley.

#36

Re: La revision del coche en el concesionario oficial

La cuestión es que si no pasas la revisión en el taller oficial, pues 2 años legales, y punto.
Si te ofrecían 5, eso que pierdes.

Además, dentro de esos dos años, serán muuucho más tendentes a NO responder a tus reclamaciones, tengas razón o no. Si no estás de acuerdo, denúnciales...

#37

Re: La revision del coche en el concesionario oficial

Lo que no parece legal entonces en ese caso, es el contrato privado que firmaste, que también sería
impugnable.
Yo también tengo una extensión de garantia de 2 años más, ahora estoy en el tercero de garantía y una avería que he tenido hace poco, me la han solucionado en el concesionario oficial y yo nunca he pasado una revisión en concesionario oficial y si en particular.

#38

Re: La revision del coche en el concesionario oficial

Gracias por tu interés. No entiendo la base de la impugnación.¿Puedes ser mas concreto?

Es un contrato privado entre partes, en todo caso mi error ha sido no leer "la letra pequeña" y hacer la revisión en un servicio no oficial. Entiendo que ellos no intentaron confundirme ni nada de eso. Justamente, al comprar el coche pedí extensión de la garantia y me la ofrecieron sin coste. Quizá me comentaron lo de las revisiones, pero entonces no presté la debida atención, no lo recuerdo. Para mí entonces la extensión de la garantia era una cosa accesoria ya que me la concedieron como un "regalo", es decir sin coste añadido para mi. Además, el concesionario que me lo vendió ha desaparecido.

De todas formas el coche tiene mas de tres años y no ha dado problemas de ningún tipo (excepto ahora con el asiento eléctrico) ...quiero pensar que si tuviese algún problema de fábrica ya se habria hecho evidente.

De todas formas, intentaré negociar algun acuerdo con FORD.