Bueno, Bueno el tema es que llevo yo 17 días naturales sin luz (soy una alta nueva no un cambio de comercializador) y sigo esperando...... (menos mal que aún puedo esperar para residir allí). Ni con ningún mail o llamada para que me digan cuando tendré. Ni siquiera noticias vuestras si no me quejo.
Que tardáis 10 a 15 días en dar la luz a una alta nueva lo decís aquí en vuestra web pone de media 7 dias hábiles (vamos que soy un outlier)
https://www.holaluz.com/es/preguntas/aun-no-soy-cliente/como-doy-de-alta-un-nuevo-contrato-de-luz-con-holaluz-com
Lo de contestar rápidamente por Facebook o Twiter como le decís a canitalaire es triste. Si el no escribe aquí no iba a recibir ninguna respuesta.
Además vuestros precios igualan la TUR de cualquier compañía por lo que si me hice cliente de vosotros no es por el precio (porque es el mismo) es porque esperaba atención y darme el gusto de no estar en empresas monopolistas y el atractivo, en teoría, de poder gestionar todo online
Lo de la permanencia queda muy bonito decirlo pero el contrato que firmas queda ambiguo para la resolución del mismo si no hay 30 dias de por medio. ( puntos 10.2, 12.1.3 y 12.2 del contrato que adjunto)
DURACIÓN
10.1. El presente contrato entrará en vigor en el momento de su firma y las condiciones suscritas
tendrá una duración inicial de un (1) año a contar desde el inicio del suministro al Cliente. A la finalización del plazo de duración inicial, el presente contrato se prorrogará automáticamente por períodos de un (1) año de duración si ninguna de las partes notifica a la otra, por escrito
(idealmente, comunicándolo en el área de clientes de www.holaluz.com), su voluntad de
resolverlo según establece en las cláusulas siguientes.
10.2. El CLIENTE podrá desistir unilateralmente del presente contrato en cualquier momento,
comunicándolo por escrito a CLIDOM con treinta (30) días de antelación.
10.3. CLIDOM podrá desistir unilateralmente del presente contrato en cualquier momento,
comunicándolo por escrito al Cliente con treinta (30) días de antelación.
10.4. CLIDOM dispondrá de 15 días laborables a partir de la celebración de este contrato para
verificar la solvencia del Cliente. En caso de que sea requerido por CLIDOM, éste podrá
condicionar la entrada en vigor del presente acuerdo a la prestación de una garantía suficiente en
forma de depósito o aval bancario cuya cuantía no excederá del importe estimado de consumo
eléctrico durante tres (3) meses. Transcurrido el referido plazo sin que CLIDOM haya notificado
al CLIENTE la necesidad de prestar dicha garantía, se considerará que el contrato ha adquirido
plena eficacia entre las partes.
11. DESISTIMIENTO
11.1. El cliente consumidor que actúe fuera de un ámbito empresarial o profesional, según define
el art. 3 del RD legislativo 1/2007, de 16 de noviembre (T.R. de la Ley General para la Defensa de
Consumidores y Usuarios) tendrá derecho, de conformidad con la legislación vigente y sin
penalización alguna, a desistir del presente contrato sin necesidad de alegar justa causa dentro
del plazo máximo de siete (7) días hábiles desde la fecha de su celebración. En este caso,
comunicará la revocación por correo electrónico a [email protected]. En los casos de ejercicio
de este derecho, CLIDOM tendrá derecho a solicitar o retener el reembolso del coste directo de
devolución del servicio.
11.2. En este caso, y para la restitución recíproca de los servicios consumidos y de los importes
pagados, se estará a lo dispuesto en el Código Civil y otra normativa vigente.
12. RESOLUCIÓN
12.1. El presente contrato se podrá resolver:
12.1.1. Por desistimiento mutuo de las partes;
12.1.2. Por desistimiento de una de las partes comunicando a la otra, por escrito y por
cualquier medio que acredite el envío y contenido de la comunicación, con una antelación
mínima de 30 días a la fecha en que se pretenda dar por resuelto el contrato;
12.1.3. Por incumplimiento de cualquiera de las partes, en particular, por impago de cualquier
cantidad conforme a lo previsto en este contrato;
12.1.4. Por retraso del pago de tres (3) recibos en un período de doce (12) meses consecutivos.
12.2. En caso de resolución del contrato por cualquier causa, el Cliente vendrá en cualquier caso
obligado a abonar los consumos habidos hasta la fecha de baja del servicio más los intereses
aplicables; todo ello, sin perjuicio de las indemnizaciones que legalmente correspondan por
motivo de dicha resolución.