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Certificado corriente de pago comunidad.

7 respuestas
Certificado corriente de pago comunidad.
Certificado corriente de pago comunidad.
#1

Certificado corriente de pago comunidad.

Hola. Mi pequeño problema es que he puesto un piso a la venta y estando al corriente de pago, la agencia me solicita un documento que así lo acredite. Lo he pedido a la agencia que hace las veces de Secretaria de la cumunidad y me exigen un pago de 25 euros. ¿ es legal?. Yo soy secretario de otra comunidad y cuando ha hecho falta he extendido y firmado dicho documento sin cobrar nada.
Si me lo firmase el presidente en lugar del secretario ...¿tendría el mismo valor?. Saludos.

#2

Re: Certificado corriente de pago comunidad.

Por supuesto, que te lo haga el presidente y no te cobrará nada

#3

Re: Certificado corriente de pago comunidad.

Si la comunidad de vecinos tiene Administrador, lo normal es que te cobren y puede variar mucho de 10 a 100 euros. Ademas el documento o certificado deberá ir firmado por el Administrador y con el visto bueno del Presidente de la Comunidad. Es decir necesita dos firmas. Si en la comunidad hay Administrador, el Presidente no puede hacerlo por su cuenta, saltándose el tramite del Administrador.
Si la comunidad de vecinos no tiene Administrador, deben firmar dos personas (El Presidente y el Secretario o en su defecto un Vocal), y lo normal es que no te cobren.
Ten en cuenta que luego ese documento a la hora de firmar la venta ante el Notario, este te lo va a pedir, pues en la escritura hace constar si estas al corriente de los pagos de la comunidad.
Salu2

#4

Re: Certificado corriente de pago comunidad.

Gracias por la respuesta. Aunque lo sigo considerando un abuso. en mi comunidad enterior el único que tuve que expedir como secretario lo firmé yo y no hubo problema. En todo caso tu información muy útil.

#5

Re: Certificado corriente de pago comunidad.

Intentaré hacerlo así. Gracias.

#6

Re: Certificado corriente de pago comunidad.

En todo caso, el presidente debería comprobar si en el contrato con el administrador se incluye ese servicio, no vaya a ser que lo quiera cobrar por duplicado. Y si no lo incluye, que la próxima junta apruebe su inclusión, preferiblemente con un redactado de voluntad globalizadora, por ejemplo "se incluyen todos los servicios y prestaciones que exijan las leyes vigentes en cada momento". Hay que terminar con esos abusos.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#7

Re: Certificado corriente de pago comunidad.

Yo hace cosa de un mes he solicitado un documento igual al que haces referencia al Administrador de la finca donde tenía un piso y por el momento no me ha mandado ninguna factura. También es cierto que ni le pregunté si me iba a cobrar algo. Solo consta la firma de él como Administrador y el notario lo ha aceptado sin la firma del Presidente de la Comunidad.
El artículo 9.e párrafo cuarto dice,
"La certificación será emitida en el plazo máximo de siete días naturales desde su solicitud por quien ejerza las funciones de Secretario, con el visto bueno del Presidente, quienes responderán, en caso de culpa o negligencia, de la exactitud de los datos consignados en la misma y de los perjuicios causados por el retraso en su emisión.

#8

Re: Certificado corriente de pago comunidad.

Estoy de acuerdo y me has dado una buena idea.