Impuesto Elec Retroactivo
Buenso días a todos los navegantes. Escribía para ver si, por favor, algueien podría ayudarme a encontrar una respuesta a este tema.
Actualmente somos beneficiarios de la reducción del 85% del impuesto eléctrico dado que nuestra actividad responde a Usuarios de energía eléctrica en usos que generan derecho a la reducción del 85 por ciento del artículo 98 de la Ley 38/1992, salvo usos en riegos agrícolas.
El problema es que el Código de Identificación de la Electricidad (CIE) que hay que entregar a la comercializadora para poder disfrutar de esta exención, no lo hemos visto hasta ahora ya que nos lo entregaron de manera telemática con la firma digital y la persona encargada de esto ha estado de baja.
Nuestra duda es si podemos reclamar ese 85% que hemos pagado de impuesto eléctrico y del que ya estábamos exonerados pues disponemos del CIE desde 16-01-2015.
Según he estado investigando en el Ministerio de Agricultura aparece;
“La oficina gestora entregará al interesado una tarjeta acreditativa de la inscripción, que deberá ser exhibida al suministrador de electricidad para que el suministro pueda realizarse con la aplicación del beneficio fiscal. Los beneficios fiscales, no obstante, se aplicarán con carácter retroactivo tomando como referencia la fecha de la solicitud de inscripción en el registro territorial.”
Atendiendo a esto sí que podríamos pedir la devolución de ese 85% pagado, pero no sé si sólo es válido para usos en riego agrícolas.
He intentado hablar con la Agencia Tributaria y me han dicho que eso lo hable con nuestra comercializadora, pero al ser un impuesto, entiendo que esto es algo que tiene que venir regulado y que la comercializadora poco tiene que decir al respecto…
¿¿Alguien podría ayudarnos??.
Muchísimas gracias por anticipado.
¡¡Un saludo!!