Tengo contratado un depósito bienvenida al TAE 4,25 %.
Ahora estoy interesado en realizar una cancelación parcial anticipada y me gustaría saber que cuál sería el resultado real de la penalización.
En el contrato se refleja:
"Tipo de interés penalizador por cancelación anticipada desde la fecha valor de la cancelación hasta la de vencimiento: 3,00". La verdad es que no lo entiendo demasiado bien. Sí entiendo lo que pone, pero no como sería el cálculo. Si me penalizan desde la cancelación hasta el final del vencimiento, supongo que debo calcular el 3% de la cantidad rescatada y por el tiempo que queda hasta el vencimiento.
En el supuesto que el depósito fuera de 10.000 € e hiciera una cancelación parcial, por ejemplo de 1.000 €, justo a los 8 meses ¿A cuánto ascendería la penalización?
¿Con cuánto tiempo de antelación tengo que avisar para efectuar la cancelación parcial?
Gracias anticipadas por vuestra ayuda.