A ver si consigo explicarme...
Si contratas a 24 meses obtienes una rentabilidad más alta y garantizada por más tiempo que si contratas a 12 meses. Supongo que hasta ahí estaremos de acuerdo ¿no? El cliente se compromete por un tiempo (más o menos largo), y el banco se lo remunera en función de ese compromiso. Y, además, se permite rescindir o imcumplir antes de que llegue el vencimiento. Lo abusivo seria pretender cobrar el 4% igualmente cancelando anticipadamente, por ejemplo, a los tres meses.
Por eso, la penalizacion se calcula siempre teniendo en cuenta el plazo incumplido. La penalización así calculada se convierte en decreciente. No como lo has expuesto, con media verdad: "2% del importe".
Ejemplo para deposito de 100.000 euros a 24 meses:
* Cancelación hasta el mes 8º (inclusive): No se cobran intereses.
* Si se cancela en el mes 12º
Penalización: 2.000 euros. Intereses a percibir (descontada penalización): 2.000 euros TIN: 1,95%
* Si se cancela en el mes 18º
Penalización: 1.008 euros. Intereses: 4.900 euros TIN: 3,27%
* Si se cancela en el mes 23º
Penalización: 170 euros. Intereses : 7.395 € T.I.N: 3,86 %
Saludetes