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Garantía depósitos > a 100.000€

8 respuestas
Garantía depósitos > a 100.000€
Garantía depósitos > a 100.000€
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#1

Garantía depósitos > a 100.000€

Hola a todos,
Hasta ahora he seguido todos los temas con interés, esta es mi primera aportación.
Estos días leo que la UE quiere hacer contribuir a los depositantes con más de 100.000€ en los futuros rescates, yo entiendo que es por cliente y entidad,. No lo aclaran mucho, ¿que opináis?.
¿Si tienes una cuenta con dos titulares son 200.000€ como dice el fondo de garantía de depósitos?. En las informaciones de los periódicos no lo especifican.
Gracias por anticipado.

#2

Re: Garantía depósitos > a 100.000€

La quitas que afectarían a los depósitos de más de 100.000€ son por titular y cuenta. Un titular puede tener depositado más de 100.000€ que si los tienes repartidos entre diferentes cuentas no le afectará.
Saludos

#3

Re: Garantía depósitos > a 100.000€

En un mismo banco? no me cuadra....

#4

Re: Garantía depósitos > a 100.000€

El FGD dice:
Se consideran depósitos dinerarios garantizados los saldos acreedores mantenidos en cuenta, incluidos los fondos procedentes de situaciones transitorias por operaciones de tráfico y los certificados de depósitos nominativos que la entidad de crédito tenga obligación de restituir en las condicidones legales y contractuales aplicables, cualquiera que sea la moneda en que estén nominados y siempre que estén constituidos en España o en otro Estado miembro de la Unión Europea.

Se incluirán los recursos dinerarios confiados a la entidad de crédito para la realización de algún servicio de inversión, de acuerdo con la Ley del Mercado de Valores o que provengan de la prestación de dichos servicios o actividades.

El importe dinerario garantizado tiene como límite 100.000 euros por depositante en cada entidad de crédito.

La garantía se aplicará por depositante, sea persona física o jurídica y cualesquiera que sean el número y clase de depósitos garantizados en que figure como titular en la misma entidad. Dicho límite se aplicará también a los depositantes titulares de depósitos por importes superiores al máximo garantizado.

Cuando una cuenta tenga más de un titular, su importe se dividirá entre todos los titulares, de acuerdo con lo previsto en el contrato de Depósito y, en su defecto, a partes iguales. Cada titular tiene garantizado hasta el límite máximo anteriormente descrito.

Mi pregunta es,¿la ley que esta estudiando Bruselas va en esta linia?, toda la información que leo dice "depositantes, clientes.." no especifica como el FGD.

#5

Re: Garantía depósitos > a 100.000€

Son 100k por titular y entidad Vanesa, no por cada cuenta... para importes superiores hay que repartir el capital por varias entidades.

SalU2

#6

Re: Garantía depósitos > a 100.000€

Yo entiendo que un deposito en un Banco de 200.000 euros y a nombre de dos titulares (mi mujer y yo) esta garantizado y no te lo pueden tocar. No hablo de la cuenta corriente a la que esta asociada los intereses del deposito, sino al contrato del deposito en si, que se firma cada vez que lo abres o lo renuevas.

Es decir si en el deposito IPF hay 1 titular son 100.000, si hay 2 titulares 200.000 y si son tres titulares (mi mujer, mi madre y yo) 300.000.

Es lo que yo he entendido de siempre, si hay alguien que opine lo contrario que nos informe para caer de nuestrro error.

Salu2

#7

Re: Garantía depósitos > a 100.000€

Es así como dices... no hay error alguno = la garantía es 100.000€ por cada titular y entidad.

SalU2

#8

Re: Garantía depósitos > a 100.000€

En efecto es por entidad, no se porque puse cuenta .
Gracias un saludo

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