Hacienda y depósitos extranjero.
Hola a todos/as. En junio contraté un deposito en un banco frances, Cic Iberbanco para ser mas concretos, con su cuenta evolutiva a 5 años. He leido en foros, hablado con un operador del Banco de España y el gestor que me atendio del propio Cic Iberbanco que por el importe contratado en el deposito, inferior a 50.000 euros y sin mas bienes en el extranjero, que no debo notificarlo ni al Banco de España ( a no ser a requerimiento del mismo) ni a la delegación de hacienda mediante los diversos formularios.
Me acerque a mi delegación de hacienda más cercana a consultarlo pero me "invitaron" a ir a otra delegación, la principal de la ciudad para realizar esa consulta. Habiendo llamado varias veces por teléfono nunca constestan y por ubicacion y tiempo no puedo asistir presencialmente a la delegación.
¿Es correcto que no debo presentar ningún formulario a hacienda en ningún momento? En algunos lugares leo que en el primer trimestre de 2015 se debe presentar cierto formulario. En otros sitios que en los siguientes meses a la contratación del deposito. Remarco que no llega en ningún momento a 50.000 euros de ninguna forma, ni saldo medio, ni sumando intereses, ni con otros bienes.
Y por otro lado. Creo que Cic Iberbanco no comúnica a Hacienda los intereses percibidos, con lo cuál no aparecerán en el borrador de la próxima declaración. Soy yo el que tendré que modificar esos datos. ¿Es lo único que tendré que hacer?
Cierto es que a 31/12/2014 no habré percibido ningún tipo de interes ya que el primer año se cumple en junio de 2015, teniendo que informar en la declaración del año próximo (junio de 2016).
Parece ridículo por lo sencillo que deberia ser pero no tengo ganas de cometer una irreguaridad y que me metan un paquete...