Para los que superámos los 50.000 euros de ahorro en el extranjero
Buenos dias,
Me gustaria saber cuales son los pasos a seguir y sobre todo los plazos para dejar constancia de esta situacion ante las autoridades españolas.
Tengo leido en su dia algunas paginas web donde se ponia en duda la vigencia de esta norma en un futuro proximo, pero no quiero pillarme los dedos.
Tengo ya una cuenta en el extranjero, abierta a finales del pasado año y notificado ya en tiempo y forma.
Acabo de iniciar el proceso para la apertura de otra cuenta en el extranjero, pero entiendo que ya no debo notificar esto (por favor, corregidme si estoy equivocado).
Cualquier ayuda de quien este en la misma situacio, sera bien recibida.
Gracias por adelantado, saludos a todos.