Hacienda no va a interpretar que si el depósito figura a nombre de dos personas, hay una persona que ha donado parte de su dinero en favor de la otra. Para que lo veas más claro, aquí tienes lo que dice textualmente la consulta de la Dirección General de Tributos 0722-03 de 2/6/2003:
La cotitularidad de un depósito no implica necesariamente copropiedad sobre lo depositado, del mismo modo que la mera entrega de las llaves de un inmueble o de un vehículo por su propietario a un tercero no implica obtener la copropiedad de estos bienes, sino una autorización para utilizarlos
Lo que si es cierto, es que los intereses generados se dividirán entre los cotitulares del depósito a partes iguales y lo tendrán que declarar en la renta del año siguiente. Aunque el "verdadero" titular puede demostrar que el dinero es sólo suyo y evitar que el otro cotitular tenga que declarar los intereses del depósito.
Si lo haces para que Hacienda no lo considere una donación, puedes estar tranquilo porque no lo hace. Eso sí, tendrás que dejar claro que el dinero en sólo tuyo y así los rendimientos que genere el depósito, se te atribuyan a tí y no a los dos.
Un saludo.