Pues anda que el 2038 de Cajamadrid.
El 3.25% y no estoy seguro que lo den ya...
El Depósito 2038, es un depósito a plazo de 12 meses, con liquidación trimestral de intereses, para clientes que cumplan una serie de condiciones de vinculación. Con él podrá obtener una alta rentabilidad*.
• Imposición única por contrato.
• Liquidez inmediata, mediante reembolso total o parcial.
• Para clientes y Nuevos clientes.
Previo a cada liquidación trimestral de intereses, se verificará que el titular cumpla los siguientes requisitos:
1ª liquidación: todos los titulares del Depósito deberán ser titulares de una tarjeta de crédito y otra de débito o dual y haber utilizado cualquiera de ellas (todos los titulares del depósito), al menos una vez durante el trimestre.
2º liquidación: todos los titulares mantienen en Caja Madrid una tarjeta de crédito y otra de débito o dual y, además, cualquiera de los titulares del depósito tiene domiciliados sus ingresos o el pago de Seguros Sociales de Autónomos en Caja Madrid, en este periodo.
3ª liquidación: todos los titulares mantienen en Caja Madrid una tarjeta de crédito y otra de débito o dual, cualquiera de los titulares del depósito tiene domiciliados sus ingresos o el pago de Seguros Sociales de Autónomos en Caja Madrid, y haber pagado nueve recibos o menos, siempre que superen los 500 €, a lo largo de los 9 primeros meses desde la contratación.
4ª liquidación: todos los titulares mantienen en Caja Madrid una tarjeta de crédito y otra de débito o dual, cualquiera de los titulares del depósito tiene domiciliados sus ingresos o el pago de Seguros Sociales de Autónomos, así como Seguros de Riesgo Mapfre (domiciliado y comercializado en Caja Madrid, cuya prima anual sume un mínimo de 124 euros), o un Plan de Pensiones o PPAS o PIAS, con un saldo mínimo de 300 €, o Seguro Elección Vida con un saldo mínimo de 6.000 €.
Los requisitos de vinculación han de ser cumplidos de manera individualizada por alguno de los titulares, no pudiéndose sumar saldos u operaciones de distintos titulares para alcanzar el importe mínimo indicado, salvo el requisito de tarjetas (titularidad y uso) que ha de ser cumplido por todos los titulares.
En caso de efectuar un reembolso o cancelación anticipada (total o parcial) se aplicará el 50% del tipo de interés vigente en el momento de inicio de la imposición, por el tiempo trascurrido desde la fecha de inicio de la imposición hasta la fecha de reembolso anticipado.
*La rentabilidad a obtener está condicionada al cumplimiento de los requisitos anteriormente descritos.