Re: Dar de baja depósito
Pues sí. 10 días es mucho tiempo. Menos mal que en lo demás que comentas parece ir bien.
Saludos.
Pues sí. 10 días es mucho tiempo. Menos mal que en lo demás que comentas parece ir bien.
Saludos.
¡¡¡Pues bueno Rankianos!!!
Parece que Pichincha sigue la estela marcada por Facto y prorroga igualmente su depósito al 0,80% (anual en este caso) hasta el 30 de noviembre de 2018 o hasta alcanzar 100.000€. Lo acabo de ver en su web. Así que seguimos teniendo durante un mes más dos atractivas opciones para depositar nuestros ahorros.
¡Que cunda el ejemplo y se apunten más entidades!
Saludos.
Pues yo sólo veo una la otra, la de PICHINCHA me sigue pareciendo una mierda de banco.
En la operativa no te quito razón, pues yo he tardado un mundo en que me abran la cuenta. A partir de ahora ya veré como va. Espero que, una vez superado el factor humano y dependiendo en adelante en gran parte de la informàtica y los automatismos, la cosa vaya un poco mejor.
Saludos.
Lee mi intervención en el hilo de cuenta remunerada 0,50% y verás que no hay por donde cogerlos.
Está claro que hay experiencias buenas y malas y, últimamente, parece que ha habido más de las malas (seguramente por la avalancha de altas).
Yo soy cliente desde hace 10 meses y no puedo decir nada malo. Desde mi punto de vista es muchísimo peor la operativa de WiZink.
Saludos y suerte.
Acabo de contratar el primer depósito en Pichincha y tengo alguna duda:
1) Creo que me ha salido como que la renovación es automática. La verdad es que habría preferido que no y no sé si podría haberlo cambiado durante el proceso de contratación. ¿Sabéis si se puede?.
2) En el caso de hacer otro depósito. ¿Se le da a "contratar" o se le da a" nueva imposición"?. Da la sensación de que con la segunda opción lo que se hace es añadir una nueva cantidad a la anterior. Lo que no sé es si se genera un nuevo plazo para la segunda cantidad o el vencimiento será el mismo (supongo que no ya que, de hacerlo por ejemplo un mes después, no sería un depósito a 12 meses sino a 11). ¿Cómo conviene hacerlo?.
Gracias.
Cada imposición es independiente, es decir, te abonan los intereses cada tres meses a partir de la fecha de creación de esa imposición,y lo mismo para su vencimiento.
= Renovación automática: SI.
- "Pídelo a la oficina virtual por email antes de 15 días del vencimiento y te mandan un escrito por email para que lo firmes por sms. Llegado el vencimiento te abonan el capital en la cuenta sin problemas."
- "Salvo que la ENTIDAD reciba instrucciones en contrario del TITULAR, los depósitos quedarán renovados por igual periodo al vencido, y así sucesivamente".
Durante la contratación no se puede poner NO renovar. Da igual al link que le des, nueva imposición o contratar, van al mismo sitio.
Tabla completa Depósitos Monillo https://acortar.link/CvLJ4L Agradece con 👍
Gracias Monillo,
Supongo que cuando se vaya acercando el vencimiento ya verá cada uno si lo deja renovar o se lo lleva a otro sitio, avisando antes como bien dices.
Saludos.
Pues igual me he perdido algo, ya que en el detalle de la imposición pone clara la fecha de vencimiento de la misma (en mi caso, doce meses clavados)
Ahora bien, en las condiciones generales de los depósitos a plazo que recibí al contratar dice:
SEXTA: DURACIÓN DE LAS IMPOSICIONES.- .....
..... Salvo que la ENTIDAD reciba instrucciones en contrario del/de los TITULAR/ES, los depósitos quedarán renovados por igual periodo al vencido, y así sucesivamente.
El tipo de interés aplicable cuando se produzca la renovación de un depósito será el acordado en cada caso entre las partes de este Contrato. Cuando la negociación sobre dicho tipo de interés no llegue a producirse con anterioridad a la fecha en que deba resultar de aplicación, la ENTIDAD procederá a la renovación del depósito aplicando el tipo de interés que en la fecha de vencimiento correspondiente venga utilizando para los depósitos de igual cuantía y plazo.
No obstante lo anteriormente expuesto, la ENTIDAD remitirá con antelación la correspondiente comunicación indicandoal/a los TITULAR/ES el tipo a que renueva el depósito para su aceptación, que, en todo caso, se presumirá producida en la primera liquidación de intereses;
en caso de no aceptación, deberá comunicarse a la ENTIDAD dentro del mes siguiente a la recepción de la indicación del nuevo tipo, quedando automáticamente cancelado el depósito.
Con lo que el tema queda más o menos claro (o no)
Saludos
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ice_2k2
Yo solía tener una vida. Luego me compre un módem...
Contraté el depósito y lo tengo activo desde hace un mes. Quiero añadir más dinero y he intentado hacerlo como "nueva imposición". Me ha salido un mensaje en letras rojas que me ha echado para atrás: "su imposicion está pignorada a un préstamo o crédito..."
He dado a la opción de "contratar depósito" y me salen ventanas en plan para volver a contratar desde el principio, aceptando haber leído documentos y demás.
¿Cómo debo hacerlo? Gracias.
En efecto, no hacen nada sin tu consentimiento explícito por mucho que pongan que la renovación es automática.
A mí me expira un depósito el próximo día 10. Pues bien, la semana pasada me enviaron un correo electrónico recordándomelo y diciéndome que automáticamente me lo renovarían al tipo vigente. Como estoy de acuerdo con el que ofertan ahora, no me puse en contacto con ellos; pero el día 6 me llamaron para explicarme todo y decirme que tenía que firmar la renovación, bien yendo a la oficina o remitiéndome los documentos por correo electrónico y devolviéndolos firmados.
Un saludo
Gracias por la información Anonimo83.
Ahora ya parece que quedan aclaradas las dudas
Saludos
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ice_2k2
Yo solía tener una vida. Luego me compré un módem...
Yo vi las dos opciones y me planteé cuál elegir pero al final, quizás por azar, lo hice con la opción "contratar". Así lo puedes hacer sin ningún problema, aunque tengas que repetir todo. La segunda vez se hace más corto.
El mensaje que dices que te sale cuando pinchas "nueva imposición" no lo entiendo. A ver si alguien que haya contratado un depósito de esta forma nos dice algo.
Saludos.