Leída la condición sexta de las Condiciones Generales del Depósito a Plazo y los posts que mencionas, creo que el asunto queda bastante claro. El Banco tiene obligación de comunicar con antelación a la fecha de vencimiento el tipo de interés que proponga para la renovación, que será el que esté comercializando en ese momento para los depósitos de igual cuantía y plazo. Si no te interesa renovar, lo comunicas al Banco por escrito a través de [email protected] para que quede constancia. Por lo que cuenta algún forero, parece ser que a pesar de la estipulación de la renovacion automática. el Banco no renueva el depósito sin que prestes consentimiento explícito firmando el contrato a través de sms, etc.
Como bien dices, lo mejor será estar pendiente un par de semanas antes de la fecha de vencimiento, enterarse de lo que están ofertando y, si no te interesa, comunicar al Banco por escrito la oposición a la renovación. A día de hoy, creo que solo interesa ya la cuenta remunerada. De momento no tengo queja del Banco, no hay ninguna comisión, pagan puntualmente los intereses y además tienen transferencias inmediatas gratuitas.
Condición sexta: "Salvo que la ENTIDAD reciba instrucciones en contrario del/de los TITULAR/ES, los depósitos quedarán renovados por igual periodo al vencido, y así sucesivamente. El tipo de interés aplicable cuando se produzca la renovación de un depósito será el acordado en cada caso entre las partes de este Contrato.
Cuando la negociación sobre dicho tipo de interés no llegue a producirse con anterioridad a la
fecha en que deba resultar de aplicación, la ENTIDAD procederá a la renovación del depósito aplicando el tipo de
interés que en la fecha de vencimiento correspondiente venga utilizando para los depósitos de igual cuantía y plazo.
No obstante lo anteriormente expuesto, la ENTIDAD remitirá con antelación la correspondiente comunicación indicando
al/a los TITULAR/ES el tipo a que renueva el depósito para su aceptación, que, en todo caso, se presumirá producida en
la primera liquidación de intereses; en caso de no aceptación, deberá comunicarse a la ENTIDAD dentro del mes
siguiente a la recepción de la indicación del nuevo tipo, quedando automáticamente cancelado el depósito".