Lee las condiciones dentro del anuncio de la app aunque creo que no viene nada de tiempo. Supuestamente cuando se cobre el incentivo ya no haría falta cumplir las condiciones de Bizum y de saldo mínimo 5€ porque ya se cumplieron antes para cobrarlo.
Leed bien las condiciones porque hay algún que otro requisito más: 30 días para cumplir condiciones desde el alta, no haber sido cliente de Caixabank...
#39096
Re: Tabla de Depósitos de Monillo
Llevo unos 10 años sin ser cliente... espero que sea suficiente.
#39097
Re: Tabla de Depósitos de Monillo
Creo que indica que el invitado no sea cliente en la actualidad ni haberlo sido en los últimos 6 meses, así que sí cumples por ahí.
#39098
Re: Tabla de Depósitos de Monillo
Cobrado hoy también muy bien
#39099
Re: Tabla de Depósitos de Monillo
No quisiera pasarme de listo ni ponerme en contra de ChatGPT pero en ninguna parte de la Orden EHA/2899/2011 he visto que las entidades financieras deban notificar con al menos dos meses de antelación cualquier modificación contractual que no sea beneficiosa para el cliente
Lo único que he visto sobre esto en esa Orden se encuentra en el artículo 8.2 donde dice que cualquier modificación unilateral por parte de la entidad bancaria se deberá comunicar al cliente con una antelación no inferior a un mes
No he visto nada de dos meses en esa Orden EHA/2899/2011, tal vez sea en otra disposición
Tienes toda la razón en señalarlo: la Orden EHA/2899/2011 regula la transparencia y protección del cliente de servicios bancarios, pero no especifica directamente el plazo de 2 meses para preavisos de cambios contractuales. Ese plazo sí se establece en otra norma clave, que es:
✅ Directiva 2007/64/CE (PSD1) y su transposición en España
El plazo de 2 meses aparece en:
🔹 Ley 16/2009, de 13 de noviembre, de servicios de pago (trasposición de la Directiva 2007/64/CE, conocida como PSD1), concretamente en:
📜 Artículo 27. Modificación de las condiciones del contrato marco
“El proveedor de servicios de pago propondrá al usuario las modificaciones del contrato marco en la forma convenida, al menos con dos meses de antelación a la fecha en que se proponga su aplicación.”
Y también:
“Se considerará que el usuario ha aceptado las modificaciones propuestas si no notifica al proveedor de servicios de pago que no las acepta antes de la fecha propuesta para su entrada en vigor.”
🧠 ¿Cuándo aplica este artículo?
Cuando se trate de:
Cuentas corrientes.
Cuentas de pago.
Servicios bancarios sujetos a un contrato marco.
Es decir, se aplica a la mayoría de las cuentas remuneradas, siempre que el cambio no esté previamente pactado como variable (por ejemplo, ligado a un índice oficial como el BCE).
🟠 ¿Por qué no aparece en la Orden EHA/2899/2011?
Porque la EHA/2899/2011 complementa la normativa europea con exigencias de transparencia, fichas informativas, publicidad de tipos, comisiones, etc., pero no regula plazos contractuales. Para eso están la Ley 16/2009 y el Real Decreto-ley 19/2018 en su desarrollo posterior.
🧩 Recapitulando
🔸 Sí hay obligación de avisar con 2 meses de antelación para cambios contractuales que no estén ligados a un índice pactado.
🔸 Esa obligación no está en la Orden EHA/2899/2011, sino en la Ley 16/2009 (art. 27).
🔸 No aplica el preaviso si el interés varía automáticamente en función de un índice oficial, como el tipo de facilidad de depósito del BCE, siempre que esto esté explícitamente en el contrato.
En línea con lo comentado de TR…parece que empieza a ser habitual…
WiZink ha aplicado la rebaja de TAE (1,60% cuenta de ahorro, 0% cuentas asociadas a depósito) a TODAS las cuentas…es decir, también a las cuentas abiertas recientemente (contratadas al 2% y 0,5% respectivamente) y sin cumplir el preaviso legal de 2 meses