Buenas!
he leído tu comentario y el de
@lojar y me había decidido a abrir la cuenta en Raisin, pero al buscar en su chat sobre este tema, he visto este artículo:
Tengo un depósito con Haitong Bank S.A. Sucursal España, y los fondos han pasado por mi Cuenta Raisin en Raisin Bank (Alemania) entre el 01/10 y el 31/12, ¿tengo que declarar ese saldo en el Modelo 720 si los fondos han estado solo como cuenta pasarela?
Cabe señalar que ni la normas fiscales ni las guías de la AETA regulan expresamente situaciones en las que se describen cuentas puente o cuentas transaccionales, como lo es la Cuenta Raisin.
Sin embargo, la Dirección General de Tributos (“DGT”) señala algunos supuestos que se asemejan a la situación planteada según el
artículo 2.d) V0861-15, de 23 de marzo en los que parece desprenderse que si hay movimientos durante el año (incluso llegando a 0 en algun momento) pero a 31/12 hay un saldo superior a 50.000 €, sí debería reportarse la cuenta extranjera (Cuenta Raisin) en el Modelo 720.
Te recordamos que, en caso de duda o aclaración sobre fiscalidad, te pongas en contacto con tu asesor fiscal o con la Agencia Tributaria. Raisin no ofrece asesoramiento fiscal y cada caso particular tendrá que ser llevado independientemente por cada cliente.
No me queda claro el tema de la cuenta pasarela. Tenía entendido que con Haitong tenemos un IBAN español. No enviamos directamente el dinero para contratar el depósito a esa cuenta? Hay que transferirlo a la cuenta de Raisin y de ahí ellos lo mueven a la de Haitong?
En el segundo caso, entiendo que si vence un depósito y queremos retirar el dinero, el procedimiento es el mismo a la inversa, y pasa de Haitong a Raisin y de ahí a nuestra cuenta de retiro. Y supongo que solo si el dinero queda en la cuenta de Raisin y supera 50k en los últimos tres meses del año, habría que reportarla en el 720, no?
Gracias