El límite garantizado efectivamente es de 100.000€, pero claro, si tu has hecho un depósito a 1 año por ese importe en enero y resulta que la entidad cierra en diciembre y el FGD pasa a liquidar los depósitos, tu posición financiera en la entidad a esa fecha no es ya solo el capital inicial (los cien mil) sino que comprende los intereses vencidos de 11 meses (que al 4,6% serían exactamente 4.216€). Pero como 104.216€ supera el límite garantizado a ti solo te pagarían 100.000€ :-(
Por eso digo: si el depósito lo haces de 95.000€, como mucho (al vencimiento) se habrán convertido en 99.370€, con lo cual te aseguras que si en algún momento en la vida del depósito se produce la intervención del FGD, no solo el capital inical, sino los intereses vencidos estarán dentro del límite garantizado ;-)