Acceder

Interés compuesto depósitos

7 respuestas
Interés compuesto depósitos
Interés compuesto depósitos

CÓDIGO AMIGO

La Cuenta Bienvenida de Raisin da un 3,33 % TAE durante 3 meses, sin comisiones ni restricciones.

#1

Interés compuesto depósitos


Buenas tardes, escribo en el foro para ver si alguien me puede ayudar, aunque ya he consultado otros hilos anteriores sobre este tema, pero me siguen surgiendo dudas.

Aceptando que los depósitos con vencimiento superior a un año con interés compuesto se declaran a Hacienda anualmente y no al vencimiento, imaginemos un ejemplo:

Contrato un depósito de 10.000 euros a 2 años al 2%. Al año siguiente, cuando toque hacer la declaración, declaro 200 euros de intereses y pago 38 (19%) a Hacienda. El segundo año tendré que declarar otros 200 (y pico con la capitalización de los intereses) y pagar 38 euros (y pico) (19%).

En el momento del vencimiento, mi banco me pagará (aproximadamente) 400 euros de intereses menos el 19% de retención, esto es 324 euros.

Pero yo ya había pagado 38 euros de mi primera declaración a Hacienda.

No sé si estos serían los pasos a seguir o estoy completamente equivocado y/o perdido.

Gracias
#2

Re: Interés compuesto depósitos

No te comas la cabeza, el banco se ocupa de mandar a Hacienda el rendimiento de tu depósito y lo puedes ver en el borrador, si se corresponde con lo cobrado no hay que hacer nada más.
#3

Re: Interés compuesto depósitos

Si el banco es español te aplicarán automáticamente la retención cuando te paguen, tú no tienes que hacer nada.
Si te pagan trimestralmente, en el pago irá la retención correspondiente.
Si te pagan a vencimiento y es banco español, cuando te paguen te aplicarán la retención completa que corresponda.
Si el banco es extranjero sin retencion y no hay interés compuesto, te pagan a vencimiento todo (hablamos de períodos de más de un año evidentemente) y al año siguiente tendrás que declararlo tú al hacer el IRPF.
Si hay interés compuesto, es decir, que los intereses se capitalizan anualmente en el propio depósito, tienes que declarar anualmente el interés de cada año aunque el dinero no lo vayas a tener hasta el vencimiento.
Pero sobre este tema siempre hay dudas, incluso si vas a consultar a hacienda depende como ande de avispado el funcionario igual duda. Te pongo una aclaración de Raisin sobre la declaración de intereses en este supuesto.



#4

Re: Interés compuesto depósitos

Exacto, pero si el interés es compuesto y, aunque no haya consenso, yo acepto declarar cada año (y se supone que pago la retención cada año), cuando venza, entiendo que el banco aplicará la retención sobre el total de los intereses generados, pero yo ya he ido pagando la retención anualmente.
#5

Re: Interés compuesto depósitos

Te han informado ya muy bien de toda la casuística. Lo primero que deberías tener claro es si es un banco con sede fiscal en España o no (ojo, no quiero decir que el banco sea español, sino que tenga una sede fiscal aquí). Si es el caso ya te puedes despreocupar de todo porque ellos se encargarán de retenerte lo que corresponda y dárselo a Hacienda.

Si es un banco que no tiene sede fiscal en España (como lo son la mayoría de los que están en Raisin, por ejemplo), tendrás que declarar tú los intereses cobrados, pero solo debes tributar por los intereses recibidos en ese ejercicio concreto (año fiscal). Es decir, si te abres un depósito en el banco noruego KUNSFORM (me lo acabo de inventar) y este no tiene sede fiscal en España tendrás que decirlo en la próxima declaración de la renta (los intereses que hayas cobrado durante 2025 tributan en la declaración que haces en 2026).

Si hoy te abres un depósito de 2 años y los intereses se cobran íntegros al finalizar, deberás tributar por ellos en la declaración de la renta que hagas durante 2028 ya que será dinero recibido en 2027. Ojo, esto suponiendo que el banco no tenga sede fiscal en España y no informase a la AEAT. Si tuviera sede en España toda esa información debería dársela el banco a Hacienda y aparecer en tus datos fiscales de ese ejercicio.

Es más fácil de lo que parece. Ánimo.

Un saludo
#6

Re: Interés compuesto depósitos

Si el interés es compuesto se aplica exactamente lo mismo que te han dicho. Debes pagar por los nuevos intereses recibidos, da igual si vienen del capital principal o de dinero de intereses anteriores.

La diferencia está en si el banco informa directamente a Hacienda o lo debes hacer tú. ¿Estás pensando en un banco en concreto o solo es una pregunta teórica sin precisar la entidad? Cuanto más precisa sea la información que des mejor será la respuesta.

Un saludo
#7

Re: Interés compuesto depósitos

Banco Finantia
#8

Re: Interés compuesto depósitos

El banco es portugués y tiene sede fiscal en España. Puedes despreocuparte porque ellos se deberían encargar de hacerte la retención e informar a la AEAT.

Simplemente revisa tus datos fiscales cuando estén disponibles. Con este banco y con el resto de bancos con sede en España que tengas, vamos.

Solucionado. No tienes que hacer nada salvo estar pendiente.
Guía Básica