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¿Existe algun riesgo en los depositos con la CAM?

3 respuestas
¿Existe algun riesgo en los depositos con la CAM?
¿Existe algun riesgo en los depositos con la CAM?
#1

¿Existe algun riesgo en los depositos con la CAM?

Buenas,

Ante todo, dar las gracias a las personas que contribuis en este foro. Yo lo vengo leyendo desde hace tiempo, pero hasta ahora no habia escrito nunca. Tenia una duda, como digo en el titulo, ¿Se sabe algo o existe algun peligro sobre los depositos contratados con la CAM? Me explico, he visto que el valor en bolsa de las acciones ha experimentado unos cambios muy bruscos ultimamente - Ayer en concreto llego a subir casi un 60% si no me equivoco, y anteriormente habia bajado otro tanto. ¿Puede un bajada de este tipo poner en peligro el dinero de los depositos a plazo fijo?

Esto le afecta a mi padre, ayer me llamaba y me comentaba que igual los cancelaba (perdiendo todos los intereses) debido a las ultimas noticias - Ni el ni yo tenemos una cultura financiera que vaya mas alla de de imposiciones a plazo fijo y algo de inversion en los valores mas "tipicos" de bolsa (san, tel, iber, bbva etc)

La cantidad que el tiene es menor de 100.000 eur, que es lo que sabiamos esta supuestamente garantizado....pero no tenemos muy claro si existe alguna excepcion a este "seguro" o si como decia, existe algun peligro por los depositos.

Muchas gracias, un saludo, Jorge

#2

Re: ¿Existe algun riesgo en los depositos con la CAM?

Como bien dices, el FGD garantiza hasta 100.000. Las excepciones son estas:

Los depósitos realizados por otras entidades de crédito por cuenta propia y en su propio nombre, así como los realizados por los sujetos y las entidades financieras siguientes: Las sociedades y agencias de valores. Las entidades aseguradoras. La sociedades de inversión mobiliaria. Las sociedades gestoras de instituciones de inversión colectiva, así como las sociedades gestoras de fondos de pensiones, de los fondos de titulización y de capital riesgo y los depósitos de las entidades que gestionan. Las sociedades gestoras de cartera. Las sociedades de capital riesgo y sus correspondientes sociedades gestoras. Las entidades cuya actividad principal sea la tenencia de acciones o participaciones. Las entidades, cualesquiera que sea su denominación o estatuto que, de acuerdo con la normativa que les resulte aplicable, ejerzan las actividades típicas de las anteriores. Cualquier entidad financiera sometida a supervisión prudencial. Los valores representativos de deudas emitidos por la entidad de crédito, incluso los pagarés y efectos negociables. Los certificados de depósito al portador, las cesiones temporales de activos y las financiaciones con cláusula de subordinación. Los depósitos constituidos por empresas pertenecientes al mismo grupo económico que la entidad de crédito. Los depósitos constituidos por las Administraciones Públicas. Los depósitos constituidos por quienes ostenten cargos de administración o dirección en la entidad que origine la actuación del FGD según lo establecido en el artículo 1.4. de la Ley 26/1988, de 29 de julio, sobre disciplina e intervención de las entidades de crédito, por las personas que tengan una participación significativa en el capital de la entidad según lo establecido en el artículo 56 de la Ley 26/1988, o una participación en empresas de su grupo económico, según los criterios contenidos en el artículo 4 de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, así como por los cónyuges y familiares en primer grado de unos y otros. Tampoco están garantizados los constituidos: Con quebrantamiento de las disposiciones vigentes, en particular, los originados en operaciones en relación con las cuales haya habido una condena penal por delitos resultantes de operaciones de blanqueo de capitales Por clientes que hayan obtenido, a titulo personal, condiciones financieras que hayan contribuido a agravar la situación de la entidad, siempre que tal circunstancia haya sido determinada por sentencia firme. Aquellas personas que actúen por cuenta de cualquiera de los depositantes excluidos en virtud del anterior y de este apartado, o en concierto con los mencionados en los párrafos a) y b) precedentes.
Vamos, que si tienes un depósito "normal y corriente" con la CAM, está garantizado. A pesar de estas coberturas, siempre surge la pregunta ¿ habrá dinero suficiente? Un saludo cordial,

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#4

Re: ¿Existe algun riesgo en los depositos con la CAM?

Muchas gracias por las respuestas - La verdad que mi padres si que estaba barajando cancelarlo, y como los intereses los ha ido cobrando mensualmente (7 meses de 12) pues como que tendria que "devolver" ese dinero.

Por lo que he leido hasta ahora, parece que no hay peligro en los depositos pero parece que lo de las preferentes y productos mas exoticos si que puede peligrar su rentabilidad por ej ¿No'

A mi me ofrecieron preferentes de la CAM hace un año, me comentaron la rentabilidad que tenian y que tambien si te querias salir alguien te las tenia que comprar...vamos que me informaron muy bien de los riesgos etc

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