Re: Un grupo de sindicalistas se dan al robo y al vandalismo
Lo que creo sinceramente que no reune es condiciones para catalogarlo de HURTO.
Lo que creo sinceramente que no reune es condiciones para catalogarlo de HURTO.
Ya veremos qué resuelve el juez (en el caso de Gordillo el Tribunal)
competente.
es un matiz para ejemplificar la diferencia sobre el robo y el hurto, evidentemente a esos niveles los jueces no lo consideran como robo con fuerza,pero en objetos mas valiosos esa cuestion si que se aplica.
un saludo.
La diferencia está en la usencia de violencia, intimidación o fuerza en las cosas. Respecto a esta última jurisprudencia y doctrina la entienden como "vis ad rem", ejercida no sobre la cosa misma sino para el acceso a la cosa.
http://noticias.juridicas.com/articulos/55-Derecho%20Penal/199904-robo.html
En el caso de la rotura del blister, la fragilidad del empaque y su exposición publica son determinantes para impidir encuadrar la acción dentro del tipo penal del robo con fuerza, con independencia de su valor.
Saludos.